Lugar:
Fuente:
Notimex

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares para suspender la difusión de spots de Carlos Joaquín González, candidato de la alianza PAN-PRD a la gubernatura de Quintana Roo.

Por unanimidad y en sesión extraordinaria de carácter privado, los consejeros rechazaron el proyecto elaborado por la Unidad Técnica del INE en la que se proponía suspender la difusión de propaganda difundida en radio y televisión, por presunto uso indebido de la pauta.

El caso del candidato postulado por la coalición “Quintana Roo une, una nueva esperanza” derivó de una queja presentada por el partido Movimiento Ciudadano el 1 de abril, ante la Secretaría Técnica del instituto.

En la queja se argumentaba que en los spots titulados “Raíces” no se hace mención de que el candidato es postulado por la coalición que integran los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

En

esa propuesta también se establecía que el contenido de los promocionales “podría causar confusión entre el electorado respecto de que partido políticos conforman la coalición”.

Sin embargo los consejeros Adriana Margarita Favela, Beatriz Eugenia Galindo y José Roberto Ruiz rechazaron por unanimidad el proyecto en los términos en que fue presentado.

En segunda votación aprobaron declarar improcedente las medidas cautelares bajo el argumento central de que el contenido de los spots se ajustan a lo dispuesto por el Artículo 91, párrafo cuatro de la Ley General de Partidos Políticos.

A la letra dice: “En todo caso los mensajes en radio y televisión que corresponda a los candidatos de coalición deberán identificar esa calidad y el partido responsable del mensaje”.

Para los consejeros el hecho de que en los spots se mencione ya sea al PRD o a Acción Nacional como partidos que postulan a Carlos Joaquín González, es suficiente para ajustarse a la normatividad.

Al argumentar su voto contra el proyecto original, la presidenta de la comisión, Favela Herrera consideró que en los spots denunciados sí se hace mención de que Carlos Joaquín González es un aspirante postulado por una coalición y se menciona al PAN o al PRD.

“Entonces creo que sí hay la identificación y para mí sería suficiente para cumplir con el Artículo 91, párrafo cuatro” de la Ley General de Partidos Políticos, destacó.

Galindo Centeno opinó, a su vez, que el contenido del promocional en sus versiones de radio y televisión “cumple, desde mi punto de vista, con lo que la norma establece”.

“Básicamente estimo que se cumple con esta norma y que en el proyecto se están incluyendo elementos que no se contienen en la misma”, acotó.

Para Ruiz Saldaña, en tanto, el proyecto incluye criterios que se apartan de los que ha establecido la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“Si la Sala Superior nos hubiera dicho en esos precedentes: tiene que decirse el nombre completo de la coalición, ya hubiese sido cosa diversa; o que nos hubiera puesto: tiene que contener a, b, c elementos, ahorita ajustaríamos nuestro análisis para ver si en el caso concreto se cumple con tales elementos”, declaró.

“Estamos en un momento en que tenemos que apreciar los spots, tenemos que ver si generan incertidumbre sobre si van en coalición esos candidatos que se promueven y respecto de qué partidos integran esa coalición. Yo creo en suma, que no sucede así”, concluyó.