Conforme a la modificación del artículo 31 de la Ley que rige al Poder Legislativo, la responsabilidad de presidir la Junta de Coordinación Política recaerá en los coordinadores de los tres grupos legislativos que cuenten con el mayor número de diputados, durante plazos proporcionales a su representación, de acuerdo al orden decreciente de diputados que los conformen. En el congreso, también aprobaron designar, previo acuerdo de la junta de Trabajos Legislativos, a los Secretarios de Servicios Legislativos, de Fiscalización y de Servicios Administrativos y Financieros; y por acuerdo de la Junta de Coordinación Política, a los demás titulares de las Unidades Administrativas.