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Crónica del Poder

La LXIV Legislatura de Veracruz aprobó por mayoría de votos la Ley para el Establecimiento y Desarrollo de Zonas Económicas Especiales para el Estado para adecuarla con la norma federal en la materia cuya finalidad es potenciar el uso de los recursos, zonas económicas de los estados y logística de las regiones para incrementar los niveles de competitividad, aumentar la generación de empleos y promover estímulos fiscales, entre otros.

Durante la décima séptima sesión ordinaria, del primer año de labores, el Pleno avaló con 32 votos a favor y 9 abstenciones este Dictamen, resultado de la iniciativa que envío el gobernador Miguel Ángel Yunes Linares el 20 de diciembre de 2016.

El Dictamen refiere que el Estado y los Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, con la participación que corresponda a los sectores privado y social, firmarán un convenio de coordinación y participarán en la elaboración y ejecución de un Programa de Desarrollo, con el objeto de establecer políticas públicas y acciones que, con un enfoque integral y de largo plazo, permitan el establecimiento y la adecuada operación de las zonas económicas especiales en la entidad.

El titular del Poder Ejecutivo del Estado y de los Ayuntamientos, podrán enviar una Carta de Intención a la Autoridad Federal para otorgar su consentimiento al establecimiento de una Zona, debiendo comprometerse a realizar las acciones necesarias en caso de que se emita su declaratoria.

El Gobierno del Estado y los Ayuntamientos quedarán obligados en el ámbito de sus respectivas competencias a otorgar las facilidades y los incentivos temporales que se establezcan en términos del convenio de coordinación para el establecimiento y desarrollo de la zona, previa autorización del Congreso local.

El Ejecutivo estatal y los Ayuntamientos pertenecientes a la zona o área de

Influencia, designarán a sus respectivos representantes en el Consejo Técnico Multidisciplinario de la Zona, quienes fungirán como invitados en términos de la Ley Federal.

El Gobierno del Estado y los Ayuntamientos con el fin de impulsar el desarrollo de actividades económicas en la Zona y su Área de Influencia, mediante el incremento de la inversión, productividad, competitividad, empleo y mejor distribución del ingreso entre la población, deberán expedir los permisos y licencias en los términos de los convenios que celebren, a través de la Ventanilla Única, así como realizar todas aquellas acciones posibles que faciliten el establecimiento y operación de las Zonas.

También podrán facilitar, en su caso, las condiciones para prestar el servicio de agua potable para uso y consumo humano, y procurar el establecimiento de sistemas de alcantarillado; así como la realización de trabajos y obras que faciliten el acceso a los servicios públicos básicos.

El Ejecutivo estatal estará facultado a otorgar en comodato o donar con carácter revocable a la Federación o a los particulares, bienes inmuebles del dominio público cuando el objeto, motivo del comodato o de la donación, sea para el establecimiento, desarrollo y operación de las Zonas Económicas Especiales.

Incluye cuando sea para el desarrollo de equipamiento urbano, vivienda, centros de investigación y capacitación para el trabajo, instituciones educativas y de salud, incubadoras de empresas y demás proyectos en el Área de Influencia en beneficio de la colectividad y aprobado mediante Acuerdo expedido por el Congreso Local.

Cada Zona contará con un Consejo Técnico Multidisciplinario y con autonomía en sus funciones, que fungirá como una instancia intermedia entre la Secretaría y el Administrador Integral para efectos del seguimiento permanente a la operación de la misma y la evaluación de su desempeño.

La Ventanilla Única podrá orientar y apoyar sobre los trámites y requisitos que deben cumplirse en la Zona, incluyendo lo relativo a las materias de orden ambiental, laboral y migratoria; recibir las solicitudes y promociones relacionadas con la Zona y el Área de Influencia; dar seguimiento a los trámites correspondientes y, a solicitud de los Administradores Integrales e Inversionistas, informar sobre el estado que guarda el mismo.

Implementar mecanismos para que los particulares únicamente presenten por una sola vez la información que se requiera por varias autoridades competentes y expedir un Formato Único en forma impresa o electrónica para la solicitud de uno o varios trámites que los interesados requieran para llevar a cabo sus actividades económicas productivas, entre otros.