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24 Horas

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pretende amparar a Radiomóvil Dipsa (Telcel) en contra de la prohibición de cobrar tarifas de interconexión a sus competidoras, las cuales no estarán obligadas a reembolsar a la empresa los montos que no pagaron durante los tres años en que ha estado vigente la disposición.

Según el proyecto de sentencia del amparo que será revisado en la sesión del próximo 16 de agosto, se estaría declarando inconstitucional el artículo 131, inciso A, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) de 2014, en el que se estableció la tarifa cero para terminación de tráfico en la red del agente preponderante (Telcel), porque el Congreso de la Unión no estaba facultado para determinar medidas asimétricas entre operadoras.

El proyecto establece que, por mandato de los artículos 28 y octavo transitorio de la reforma Constitucional en la materia, esa es una facultad que corresponde de manera originaria y exclusiva al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), como el órgano técnico, especializado y autónomo, capacitado para establecer medidas que afectan a mercados dinámicos y cambiantes.