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24 Horas

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) abrió la posibilidad de anular una eleción por rebasar el tope de gastos de campaña, esto pese a que la diferencia entre el primero y segundo lugar sea superior al 5% de los votos.

Así lo emitió la Sala Superior del Tribunal en la tesis de jurisprudencia “Nulidad de elección por rebase de topes de gasto de campaña. Elementos para su configuración”, luego de una contradicción de tesis entre dos salas regionales del TEPJF.

De acuerdo con la decisión de los magistrados, para que se actualice la causal de nulidad prevista en la Constitución, deberán cumplirse con los siguientes elementos:

Determinación de la autoridad administrativa electoral del rebase del tope de gastos de campaña en el porcentaje mencionado anteriormente y que ésta haya quedado firme quien sostenga la nulidad de la elección por esta irregularidad tiene la carga de acreditar que la violación fue grave, dolosa y determinante la carga de la prueba del carácter determinante dependerá de la diferencia de votación entre el primer y segundo lugar.

La resolución fue emitida luego de la contradicción de tesis que fue votada por mayoría, con sólo el voto en contra del Magistrado Felipe de la Mata.

La Sala Superior debió intervenir porque en elecciones diferentes y con asuntos similares, la Sala Regional Xalapa y la Sala Regional Ciudad de México tuvieron criterios diferentes y la Sala Superior debió dar una “ruta interpretativa que dé mayor certeza a los comicios venideros”, señaló la presidenta del TEPJF, Janine Otálora Malassis, al justificar su voto a favor.