El tema parece insignificante, pero si lo vemos desde la óptica de los ciudadanos que desean operar con profesionistas reales, no lo es tanto y lo planteo para la reflexión.
Incluso recientemente leía una crítica periodística respecto a, lo mal que se ven, algunas personas que ostentan o se asignan grados académicos–sean técnicos o universitarios de licenciatura o postgrado–, sin haber realizado estudios o mediado el título y registro de profesiones que les autorice a ejercerlo. Y considerando que, en parte existe razón, me permito ahondar en el tema tratando de contestar algunas preguntas:
Por principio ¿Qué significa obtener un grado académico?
Un grado académico, es una distinción dada por una institución educativa formalmente reconocida por las leyes estatales y nacionales, que se obtiene después de la terminación exitosa de un programa de estudios y el cumplimiento de los requisitos académicos y administrativos que exige una institución otorgante. Esta denominación suele ir ligada a lo que llamamos titulación superior o titulación universitaria.
Una titulación superior o universitaria,  es el reconocimiento de la formación educativa o profesional que una persona obtiene tras realizar los estudios, exámenes pertinentes y modalidades de validez del grado. Es decir, no basta concluir los estudios relativos a la formación de una carrera profesional–aprobación de los créditos y materias de un plan de estudios–, sino que éste obtenga la acreditación de la misma, por parte de la institución formadora, a través de diferentes modalidades de titulación.
En las instituciones de educación superior mexicanas, existen formas diferentes para obtener el grado particularmente para el nivel de licenciatura, por ejemplo: a) titulación inmediata (por promedio), b) titulación a través de elaboración de: ensayo, tesina o tesis y/o, c) examen profesional, etc. Y otras formas que incluyen también algunas universidades, tales como: reporte de servicio social, reporte de ejecución de un proyecto, elaboración de un libro, etc.
Pero posterior a la licenciatura y con fines de crecimiento, las personas buscan alcanzar otros grados académicos superiores. Ello varía de país a país, por ejemplo en España, después de que el estudiante aprueba la educación secundaria obligatoria (ESO) lo que en México sería: primaria, secundaria y bachillerato, pueden elegir entre 142 títulos diferentes agrupados en 22 familias profesionales y posterior a ello, optar por los ciclos de formación profesional de: grado (que equivale a la licenciatura) y seguir en los postgrados: Master y Doctor. En Latinoamérica el proceso es igual, cambiando sólo el nombre de las etapas. Por ejemplo en Argentina y Chile, éstas se denominan grados y son 4: Bachiller, Licenciado, Magister y Doctor.
En México, un joven después de concluir la educación básica–conformada por preescolar, primaria, secundaria— continúa con el bachillerato y posterior a ello puede optar por las carreras universitarias o tecnológicas. Como sabemos, la duración de todo este proceso formativo—que inicia a los 6 o 7 años de edad–, en un estudiante promedio de nuestro país hasta la licenciatura, es de 14 años según la carrera elegida. Y una vez obtenido el grado de licenciatura—si así lo deseara–, podría optar por la especialidad (con duración de un año aproximadamente), Maestría (de dos a tres años) y Doctorado (de 3 años promedio incluyendo el proyecto para la titulación).
Por lo general, los profesionistas en México, buscan insertarse al mercado de trabajo concluyendo la licenciatura y ya con la seguridad de un empleo, más adelante procuran obtener otros grados académicos superiores. Ello permite hacer compatible, los proyectos de vida personales con los profesionales. Por lo tanto, el cómo planear la formación a través de la vida queda a libertar y posibilidades de cada persona, quedando la obligación del Estado de ofrecer la posibilidades para una educación de calidad, sea el nivel educativo que sea.
Así que, como se observa, cada país suele regular de modo independiente el tipo de titulaciones en los diferentes grados académicos y la forma de adquirirlos; así mismo, cada centro o institución educativa posee su propio catálogo de titulaciones académicas. Igualmente cada país tiene su propia manera de acreditar y reconocer la formación y ejercicio profesional, estableciendo sus normas para operar, reguladas por una Ley de Profesiones, que finalmente establece el reconocimiento del Estado para emitir la cédula correspondiente que autoriza que el profesionista puede trabajar en la carrera en la que esta titulado.
Pero los usos y costumbres de nuestro país han permitido—y se vale–, que el no tener un título o una cédula, no sea un impedimento para que la persona trabaje en alguna actividad que NO esté relacionada con la disciplina que posee. Por ejemplo: si un profesionista abogado, quiere ejercer como tal o desempeñarse en actividades relacionadas con la aplicación del Derecho, la empresa contratante seguramente le requerirá el título y cédula profesional de esa carrera en particular y no otra. Igual lo haría con el médico, psicólogo, etc., para contratarlo. Pero si el trabajo profesional o actividad a contratar no requiere de un tipo de perfil específico, no es una limitante para que una persona teniendo o no concluidos estudios de cualquier disciplina, pueda ser contratada. Luego entonces una cosa es la formación (oferta) y otra la contratación (demanda).
Lo que si es cierto es que todas las profesiones y grados académicos están planeados para cumplir un ciclo, luego entonces quien lo cursa se exige a cubrir ese ciclo en el tiempo y forma que convenga a sus intereses, pero siempre necesitará por fuerza—para cerrarlo—del título (mínimo) correspondiente.
Luego entonces, la respuesta a la pregunta: ¿es estrictamente necesaria la cédula para ejercer?
La respuesta sería: es materia obligada y estrictamente indispensable tramitar la cédula para cualquier nivel de estudios superiores, debido a que ello le da validez a cada etapa y le acredita para su ejercicio, pero queda a juicio del contratante el exigirla o no, para poder aceptar a un profesionista en un trabajo.
La cédula en sí misma, no es garantía para un contratante del conocimiento de la persona en una disciplina en particular. Lo que le dará la calidad profesional, será la práctica y los resultados eficientes y éticos que ofrezca a los demás dicha experiencia.
La cosa cambia, cuando una persona interesada desea cursar un postgrado, pues siempre le requerirán la cédula profesional del grado inmediato anterior al nivel estudios que desea cursar. Igualmente, en el caso de aspirar a cargos académicos, de investigación o profesionales especializados, las instituciones contratantes, exigen generalmente el requisito indispensable de la presentación de los títulos profesionales y/o las cédulas de los grados que se ostentan.
Pero lo anterior también obliga a reflexionar en lo siguiente ¿el tener grados académicos, garantiza que el profesionista sea bueno y responsable en su ejercicio?
La respuesta, depende de dos elementos:
El compromiso disciplinar que generalmente lo valoran las asociaciones civiles o colegios de profesionistas.- Que tienen que ver, con que el profesionista cumpla con el juramento que hace cuando se titula y con los códigos éticos de la disciplina. En cada país, existen Colegios disciplinarios, que disponen de reglamentos y normas éticas que regulan el ejercicio de la profesión, haciendo que sus integrantes los cumplan e incluso que éstos se certifiquen actualizándose permanentemente, para poder continuar ofreciendo un servicio de calidad a través del tiempo. Estas instancias, cuando es necesario, sancionan a quienes fallan o trasgreden los límites profesionales en perjuicio de los demás o, les protegen cuando se dan acusaciones infundadas.

El correspondiente a los valores personales del profesionista.- Que constriñe a la persona la aplicación de sus principios morales y códigos honorables de conducta personal, que determinan los comportamientos de respeto, sensibilidad, eficiencia y afabilidad , que se debe demostrar a quien demanda el servicio profesional, respondiendo a su confianza.
Luego entonces, regreso a la crítica de los títulos profesionales no comprobables. Es cierto, es absolutamente incorrecto ostentarse un título que no se tiene, así que aquellos que se autonombran licenciados, especialistas, masters o doctores, sin serlo, de entrada quedan mal ante la sociedad y se engañan a sí mismos. Lo mejor sería aceptar el nivel de estudios que se tiene, sin engaños y hacer un esfuerzo por completar estudios o trámites inconclusos, independientemente de la edad que se tenga.
Por eso que importante es que los jóvenes concluyan con éxito sus estudios universitarios, y lo hagan con vocación y respeto a su profesión; pero también lo es que en los centros de trabajo, en comunión con los propios sindicatos, promuevan programas de profesionalización o actualización para los trabajadores y ello incluye, que quienes quieran superarse cursen una carrera profesional o logren una titulación de un grado que ha quedado pendiente, y si eso es factible, será una forma valiosa de contribuir y estimular el desarrollo y capacidad del trabajador en su beneficio, individual e institucional.
Gracias y hasta la próxima.