De gran interés para la población del país debe ser la decisión que el novel Instituto Nacional Electoral (INE) adopte después del abandono que hicieron de la sesión de Consejo General, siete de los partidos políticos que tienen registro ante la institución.
El o los motivos, son las normas que reglamenten y permitan garantizar la imparcialidad en la aplicación de los recursos públicos durante el desarrollo del proceso electoral que se está llevando a cabo.
Normas que serán aplicables para el Presidente de la República, los gobernadores de las entidades federativas, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, los presidentes municipales, los jefes de las delegaciones políticas de la capital del país y cualquier servidor público en funciones.
Se definen como conductas contrarias a la imparcialidad la aplicación de recursos públicos que lleve a cabo cualquier servidor público, desde que inició el proceso hasta su conclusión. Por lo que no podrán difundir propaganda que pueda influir en el sentido del voto de los electores, no podrán difundir informes de labores, no podrán asistir durante sus jornadas laborales a mítines, marchas, asambleas, reuniones y eventos que tengan como finalidad promover o influir en el sentido del voto, a favor o en contra de un partido político, coalición, aspirante, precandidato, candidato o el abstencionismo.
Con relación a los eventos oficiales del gobierno, tanto precandidatos y candidatos deberán de abstenerse de asistir, desde el inicio de las precampañas, hasta el día de la jornada electoral, incluyendo este día.
El proyecto de acuerdo también establece la suspensión de la entrega de recursos provenientes de programas públicos federales, estatales o municipales. También el otorgamiento, administración o provisión de servicios, programas públicos y la realización de obras públicas o similares.
En cuanto a las quejas y denuncias por violaciones al principio de imparcialidad en la aplicación de recursos públicos que involucren la difusión en radio y televisión de cualquier clase de propaganda, serán radicadas como procedimientos especiales sancionadores. Y una vez sustanciado el procedimiento especial sancionador, se remitirá a la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Para que éste, determine la responsabilidad del infractor conforme a lo dispuesto en la Ley Electoral con independencia de que, en su caso, se dé vista a las autoridades competentes para determinar cualquier tipo de responsabilidad penal o administrativa.
Como se aprecia en lo citado, todo está bastante bien, sólo que falta lo que es y ha sido lo más importante en cuanto a la aplicación de las legislaciones electorales en los diferentes procesos que hemos vivido, que todo esto se pueda llevar a cabo y cumplir.
Por el momento no debe de extrañarnos la conducta de los representantes ante el INE del Partido Revolucionario Institucional, de otro de sus sectores que no entendemos porque también tiene representación ante el INE, el Verde Ecologista de México (PVEM) y su nueva comparsa: Nueva Alianza (PANAL).
Pero independientemente de todo lo anterior, lo que por el momento más importa es la decisión que puedan tomar el respecto los consejeros del INE, pues en gran medida de ésta, depende la credibilidad que de ahora en adelante se pueda tener en esta nueva institución, que sustituyó al anterior IFE, exactamente porque sus actuaciones ya estaban siendo manipuladas por la partidocracia que desgraciadamente estamos viviendo desde ya hace unos años en esta nación. Hasta el lunes. noti-sigloxxi@nullhotmail.com (Fech. Púb. Vier. 20-febrero-15)