La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que sean dados de baja aquellos maestros que tengan tres faltas de manera consecutiva o las acumulen un mes. Declaró constitucional el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, que se refiere a sancionar la inasistencia a labores de los docentes. La información es de «24 Horas».