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La Jornada

Tras una historia de más de dos décadas en que se utilizó de manera discrecional por parte de la Procuraduría General de la República (PGR) , la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados decidió aceptar las recomendaciones del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y atender distintas iniciativas para eliminar la figura del arraigo.

Esta práctica, que avaló la LVI Legislatura de 1996 como una de las medidas que autorizó en la Ley contra la Delincuencia Organizada para intentar frenar la violencia y el tráfico de drogas, posteriormente se incluyó en la Constitución a una iniciativa de Felipe Calderón el 13 de marzo de 2007 pero su aplicación derivó en quejas porque sirvió de instrumento para que la PGR detuviera y torturara a personas antes de presentarlas ante un juez.

Ante la violación de derechos humanos documentadas por ejercer el arraigo, la LXI Legislatura decidió reducir el plazo máximo de detención a 40 días.

En la sesión de hoy de la Comisión de Puntos Constitucionales finalmente se decidió derogar la figura del arraigo tratándose de delitos de delincuencia organizada, establecido en el artículo 16 constitucional. Al respecto, el diputado Arturo Huicochea (PRI), expresó que con esta reforma que será sometida mañana al pleno, se obligará a la PGR a realizar mejor su trabajo, al igual que a los tres órdenes de gobierno, mediante una investigación científica metódica y convincente.

El diputado Víctor Sánchez (MC), quien presentó una de las 16 iniciativas para derogar el arraigo, expresó que durante estos 22 años se violentaron derechos humanos de las personas sometidas al Sistema de Detención y no se cumplió con el objetivo original porque hoy la delincuencia continúa ganando la lucha a la justicia pero aclaró que la reforma “lejos de quitarle herramientas al Ministerio Público, lo obligará al uso de la inteligencia y la tecnología” para combatir al crimen organizado.

Durante la reunión de trabajo, la comisión también aprobó un dictamen que reforma el artículo 73 constitucional parta facultar al Congreso a emitir una ley general en materia de extinción de dominio.

También aprobó reformas al artículo 102 y 116 constitucionales, para que los congresos de los estados definan que el Ministerio Público se ejercerá a través de fiscalías autónomas y que los fiscales sean electos por el voto de las dos terceras partes de los diputados locales, a propuesta de los gobernadores.