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Notimex

Los estados y municipios sí pueden endeudarse para pagar gasto corriente, informó este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Con mayoría se avaló el artículo 35 de la Ley de Deuda Pública de Chihuahua, reformada en 2016; la cual permite en algunos casos contratar deuda para pagar gasto corriente, lo que la Constitución federal prohíbe por regla general.

Los Ministros establecieron que la reforma de 2015 al artículo 117 de la Carta Magna abrió la posibilidad de que los gobiernos locales puedan financiar necesidades urgentes de liquidez mediante créditos de corto plazo.

«Los estados y municipios podrán contratar obligaciones para cubrir sus necesidades de corto plazo, sin rebasar los límites máximos y condiciones que establezca la ley general que expida el Congreso de la Unión», se lee en el artículo 117.