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MVS Noticias / René Cruz González

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila dejar firme la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicas, al sobreseer las acciones de inconstitucionalidad que promovieron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y senadores de minoría.

Durante la sesión de este lunes, el presidente de la Corte Arturo Zaldívar, así como los ministras Jasmín Esquivel y Norma Piña externaron su voto en contra del proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, que propone declarar la invalidez de la norma. Al respecto, Zaldívar Lelo de Larrea explicó que no tendría sentido discutir un recurso para impugnar una ley que fue reformada el 12 de abril de este año, además de que el ministro ponente aplicó de forma incorrecta un criterio del Alto Tribunal.

“Si todo el sistema fue modificado, debe concluirse que cesaron los efectos de la totalidad del decreto impugnado, por lo que debe sobreseerse respecto de las acciones intentadas. Aunque dos de sus artículos y algunas de sus porciones normativas hayan quedado intocados, al encontrarse inscritas en un sistema normativo nuevo, sus sentido y entendimiento también fueron modificados, por lo que estamos ante una nueva ley y a ningún efecto práctico nos llevaría estudiar un decreto que ya no está vigente”.

Por su parte, la ministra Jasmín Esquivel destacó que sería ilógico continuar la discusión de una norma que ya fue modificada. “Si la mayor parte de las disposiciones de la ley original que estamos estudiando ya fueron reformados, me parece que resulta ilógico que persistamos en la idea de analizar numerosos preceptos que no tienen vigencia.

Yo no puedo entender como vamos a explicar que a pesar de que el 12 de abril pasado, la ley es otro, casi en su totalidad, no rehusemos a reconocer una realidad jurídica que ya cambio en materia de control legal de las remuneraciones máximas de los servidores públicos”.

Los ministros continuarán este martes con la discusión, en la que ya solo se necesita de un voto para que se apruebe el sobreseimiento, con lo que ya no entrarían al fondo de la discusión.

Previó a esto, el pleno de la Corte resolvió que no está impedida jurídicamente para conocer y discutir la Ley de Remuneraciones, porque como tribunal constitucional cuando resuelve una acción de inconstitucionalidad lo hace en atención al orden jurídico nacional y no a intereses personales, particulares o de grupo.