La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a Carlos, un menor de edad que requiere de cannabis medicinal, para que se le brinde tratamiento y se ordenó al Gobierno Federal emitir un reglamento claro y explícito para el uso terapéutico de la marihuana en un plazo de 180 días.
Considerando la propuesta del ministro Eduardo Medina Mora, la Segunda Sala resolvió por unanimidad que la Secretaría de Salud está obligada a adoptar las medidas necesarias para garantizar de manera efectiva el derecho a la salud de Carlos.
Los ministros señalaron que se deben usar todos los medios apropiados y hasta el máximo de los recursos con que se disponga, para lograr progresivamente la plena realización de este derecho, sin que se pueda considerar como justificación para incumplir esta obligación la limitación de recursos.
«Dentro de los lineamientos se contemplará, de manera enunciativa y no limitativa: toda la cadena de producción, desde la obtención y almacenamiento de semillas, su cultivo, cosecha, procesamiento, transportación, comercialización, y en general todas las actividades dirigidas al consumo terapéutico, la investigación científica y la práctica médica de la cannabis”.
«Al respecto, es conveniente recordar que la regulación se refiere exclusivamente al uso terapéutico de la cannabis y sus derivados, por lo que no se incluyen otros usos”, propuso Medina Mora Icaza a sus compañeros.