El ayuntamiento de Córdoba elaboró el reglamento de Salud que regulará las actividades comerciales y de servicio con las cuales pudiera evitar los riesgos de contagio de enfermedades infecto-contagiosas, transmitidas ya sea por animales, alimentos, vía tópica, aérea y sexual.
Acorde a la Gaceta Oficial, a partir de este jueves entra en vigor y determina las obligaciones de los particulares y de aquellos responsables de los establecimientos regulados, además de contemplar la obligatoriedad de crear la Jefatura de Salud y el Comité de Salud.
Por lo cual, todo establecimiento comercial, industrial y de servicios en la ciudad, deberá contar con las condiciones necesarias para el desempeño de su actividad: autorización sanitaria y tenerla a la vista; contar con iluminación, ventilación y condiciones higiénicas en las instalaciones, las cuales incluirán pisos, sanitarios y paredes de fácil aseo, tales como cemento, mosaico o pintura de aceite.
Además de garantizar, el servicio de agua potable, sanitarios y lavabos, los cuales deberán conservarse aseados y desinfectados; fumigar las instalaciones cuando menos una vez al año; contar con las medidas de seguridad; y cestos para el depósito de basura debidamente tapados.