Lugar:
Fuente:
Notimex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó preceptos que regulan la legítima defensa en los estados de Veracruz, Baja California y Nuevo León.

En un comunicado, informó que “en sesión del Tribunal Pleno, validó la porción normativa lesión o incluso la privación de la vida, del artículo 25, fracción III, segundo párrafo, del Código Penal de Veracruz, al considerar que no genera inseguridad jurídica ni permite a las personas hacerse justicia por propia mano».

Detalló que los preceptos regulan la legítima defensa en los estados de Veracruz, Baja California y Nuevo León, pero advirtió que aunque este precepto establezca una presunción de legítima defensa en ciertos casos, esto no debe interpretarse en el sentido de que las personas puedan hacer uso de la fuerza indiscriminadamente, ni que se pueda excluir la responsabilidad cuando el daño producido al agresor haya resultado innecesario o excesivo:

Al señalar que “el propio precepto es claro al señalar en su primer párrafo que para que se actualice la legítima defensa es necesario que haya habido necesidad racional en los medios empleados para repeler la agresión».