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Agencia RTV Noticias

Los familiares de las personas que fallezcan por Coronavirus (Covid-19) pueden decidir si se realiza una inhumación o cremación, pues no es obligatorio que se practique esta última ante la emergencia sanitaria actual, informó la subdirectora de Salud, Flor Patricia del Ángel Aguilar.

Detalló que la población tiene la creencia de que la cremación es la única medida a realizar, sin embargo esta decisión recae en los deudos.

“La única situación que está indicada es que de no ser cremados, los cuerpos no deben ser embalsamados, maquillados. Los féretros deben permanecer cerrados y en los velorios no debe haber más de 15 personas. El procedimiento debe ser muy rápido y en los cementerios pueden entrar sólo cinco personas”.

La funcionaria expuso que en caso de llevarse a cabo la cremación, se debe actuar de inmediato, aunque no hay riesgo de contagio en la manipulación de las cenizas.

“En el caso de las personas que no son reclamadas por un familiar, éstas deben ser sepultadas, y los cuerpos no podrán ser exhumados en 18 meses”.

Flor Patricia del Ángel explicó que después de que se confirma una defunción, en el hospital se otorga un acta que debe llevarse al Registro Civil: “Aquí se tramitan los permisos de inhumación o cremación. Posteriormente se entrega el cuerpo, las recomendaciones y la familia continúa con el proceso”.

Por último, recordó que los integrantes del Cabildo aprobaron que a los familiares de quienes fallezcan a causa del COVID-19 durante el tiempo que dure la Emergencia Sanitaria Nacional se les brindará gratis los trámites de expedición de Actas de Defunción, así como los permisos de inhumación y cremación que otorga la Oficialía del Registro Civil.