Por vez primera el CUR se celebró de manera virtual,
Por unanimidad se aprobó el techo financiero para 2021,
Shuguey Enríquez y Blanca M. González.
El Consejo Universitario de la región Veracruz de la Universidad Veracruzana (UV) aprobó por unanimidad el presupuesto a ejercer en 2021, el cual fue presentado por el vicerrector Alfonso Pérez Morales en sesión ordinaria que, por primera vez, se realizó a través del sistema de videoconferencias.
Para dar legalidad a la misma, el secretario Académico regional, Gonzalo Ulises Aguirre Orozco, quien también funge como secretario del Consejo, procedió a leer la orden del día después de ser aprobada.
Cabe mencionar que esta sesión se realizó con base en el Acuerdo Rectoral del 28 de abril de este año, que autoriza que las sesiones puedan efectuarse con el uso de las tecnologías de información.
Pérez Morales explicó el techo financiero 2021 en cinco puntos principales: el primero dirigido al Plan General de Desarrollo 2030 y al Programa de Trabajo Estratégico 2017-2021; el segundo, es el fundamento legal del Consejo Universitario Regional (CUR); el tercero, corresponde a la presentación del techo financiero; en el cuarto, sobre los criterios considerados para la distribución presupuestaria, desde la instrucción de la Secretaría de Administración y Finanzas; y el quinto, la aprobación por parte del CUR del presupuesto para 2021.
Detalló que el primer punto está apegado al apartado gobernanza universitaria y al financiamiento.
En gobernanza universitaria existen cuatro metas en especial que se refieren a la articulación adecuada entre la academia y la cuestión administrativa; a la innovación administrativa con base en la simplificación y descentralización y desconcentración; a redimensionar el valor del capital humano; y a establecer una ruta de trabajo de la planeación estratégica y gestión democrática. En cuanto al apartado de financiamiento, la meta implica el manejo transparente, honesto y eficiente del presupuesto.
El Vicerrector comentó a los integrantes del CUR que también la presentación del presupuesto tiene un fundamento legal, al cumplir con el apartado VIII-A del Artículo 44 de la Ley Orgánica de la Universidad y con los artículos 270 y 271, Fracción II, del Estatuto General.
En cuanto a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el académico señaló que en el Artículo 61, Fracción II, inciso c) segundo párrafo, menciona que en el proceso de integración de información financiera para la elaboración de los presupuestos se deberán incorporar los resultados que deriven de los proceso de implantación y operación del presupuesto basado en resultados y del sistema de evaluación del desempeño, establecidos en términos del Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos.
En este sentido, el funcionario académico felicitó al grupo de administradores de la región que han sido evaluados de manera satisfactoria.
Manifestó que los resultados de la evaluación se basan en el seguimiento académico de metas que el CUR realiza a través de las evaluaciones trimestrales.
Comentó también que los criterios que se tomaron en cuenta para la distribución presupuestaria fueron: cumplimiento de los objetivos, metas y acciones de la entidad académica; priorización de necesidades; reconocimiento de ampliaciones irreductibles para gastos de impacto institucional, principalmente para el rubro de servicios de vigilancia.