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La Razón Online/Antonio López

La sentencia indica que INE debe comprobar que los encuestados sean militantes o simpatizantes del partido

 

En sesión privada, el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó por mayoría de seis votos contra uno, desechar la petición de prórroga solicitada por el presidente interino de Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar, para posponer las elecciones internas del partido.

También avaló que el Instituto Nacional Electoral (INE) sea el órgano que organice la renovación de la dirigencia.

De acuerdo con la sentencia, la elección deberá de ser abierta a militantes y simpatizantes, mientras que el método será determinado por los consejeros del INE, quienes tendrán «45 días naturales a partir de la notificación de la resolución», para concluir el proceso interno.

«El INE se deberá encargar de la realización de la encuesta nacional abierta a la militancia y simpatizantes del partido, para la elección de dichos cargos. Será una encuesta abierta a la ciudadanía bajo el método y condiciones que libremente determine el INE», señala el comunicado emitido por el TEPJF.

De acuerdo con los magistrados, la prórroga solicitada por Ramírez Cuellar, para que la renovación se realizara hasta 90 días después de concluidos los procesos electorales, implicaba el postergamiento de casi un año en el cumplimiento de la sentencia.

Por ese motivo, se determinó dejar sin efecto todos los actos y disposiciones emitidos por el partido, relacionados con la elección de la Presidencia y Secretaría General del CEN.

El pleno también consideró que es posible que las elecciones se lleven a cabo en el contexto de la pandemia, pues así se hará en Hidalgo y Coahuila.