Lugar:
Fuente:
Universidad Veracruzana
  • En opinión del reconocido jurisconsulto, ésta fue una reforma innovadora.
  • Inició ciclo de conferencias organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UV. 

 

Los investigadores Arturo Miguel Chipuli y José Lorenzo Álvarez hablaron de las reformas formales y estructurales al Poder Judicial Federal (1994-2020)

Los investigadores Arturo Miguel Chipuli y José Lorenzo Álvarez hablaron de las reformas formales y estructurales al Poder Judicial Federal (1994-2020).

 

José Luis Couttolenc Soto.. 

 El ciclo de conferencias “A 26 años de la Reforma Constitucional en Materia Judicial (1994): Avances, retos y perspectivas de la justicia federal y local en México”, organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Veracruzana (UV), inició el martes 24 de noviembre con la participación de los investigadores José Álvarez Montero y Arturo Miguel Chipuli Castillo. 

El evento incluirá seis mesas en las que estudiosos del derecho analizarán con una visión crítica y multidisciplinar lo que ha sucedido a partir de esa reforma que implicó un ajuste radical en la estructura del Poder Judicial de la Federación (PJF). 

En la primera mesa Álvarez Montero y Chipuli Castillo abordaron las “Reformas formales y estructurales al Poder Judicial Federal (1994-2020)”. El primero de ellos consideró que hay reformas correctivas, explicativas y actualizadoras, y dijo que la de 1994 promovida por el entonces presidente Ernesto Zedillo Ponce de León– representó ser una reforma innovadora. 

El especialista en Derecho Constitucional señaló que la ley y la administración de justicia están indisolublemente ligadas, por lo que dentro de las reformas constitucionales publicadas en los Diarios Oficiales de la Federación del 31 de diciembre de 1994 y 3 de julio de 1996, tuvieron por objetivo actualizar la Constitución, fortalecer el Poder Judicial y mejorar la impartición de justicia. 

Durante su disertación, hizo un recuento histórico de la reforma constitucional que implicó la creación de nuevos órganos como el Consejo de la Judicatura Federal, encargado de realizar las funciones de administración, vigilancia y disciplina del PJF, dejando a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo relativo al ámbito jurisdiccional; se refirió también a la aparición del Tribunal Electoral, y a las reformas subsecuentes que se fueron dando, como la del Artículo 114 relacionada con el amparo indirecto.

Claroscuros de la reforma judicial de 1994
Arturo Miguel Chipuli dijo que las reformas constitucionales de diciembre de 1994 representaron una modificación radical de la estructura del PJF, a través la modificación de 27 artículos de la Carta Magna, reforma que buscó fortalecer a la SCJN mediante el establecimiento de facultades que lo configuraron como un tribunal constitucional. 

Destacó que las modificaciones marcaron un antes y un después en la estructura del Poder Judicial, de sus funciones en materia de control constitucional y de las garantías judiciales, mencionó tres puntos importantes que dieron pie a la reforma: lo complicado del periodo anterior a la misma, derivado de la crisis por el colapso de las finanzas públicas en 1982; el viraje neoliberal en ciernes que motivó transformaciones en el tema de justicia; y los frecuentes escándalos y deterioro de la imagen pública del PJF acaecido en la década de los ochenta, “que cimbró los pilares de la confianza depositada en los ministros, magistrados y jueces del país”. 

 Finalizó diciendo que “pese a lo anterior y a 26 años de distancia, la influencia del Ejecutivo sobre la justicia sigue siendo una cuestión de peso, que requiere analizar más allá de las reformas legales, las particularidades de un sistema político que no ha permitido una materialización real del estado de derecho en México”.