El 17 de marzo la Asociación de Bancos de México (ABM) informó que, para hacer uso de los servicios prestados por los bancos, a través de los canales digitales, a partir del 23 de marzo, previo a la apertura de cuentas, celebración de contratos y la realización de operaciones y servicios de forma remota se requerirá a los clientes y usuarios dar su consentimiento sobre la geolocalización del dispositivo por el cual pretendan realizar esas operaciones.
Lo anterior, en cumplimiento a las normas en materia de prevención de lavado de dinero y combate al financiamiento al terrorismo, que establece la obligación de los bancos de obtener y conservar la geolocalización en tiempo real del dispositivo, mediante el cual sus clientes o usuarios abran cuentas o celebren contratos, así como de aquellos en los que realicen operaciones o servicios.