El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Ferderación por un lado determinó que el INE no tiene facultades para posponer la fecha para la consulta de revocación de mandato, pero al mismo tiempo avaló que le pida los suficientes recursos a la Secretaría de Hacienda para realizar el ejercicio conforme a la ley. Y señaló, que en caso de ser negativa la respuesta, ésta deberá estar debidamente fundamentada. Con información de «Milenio y Reforma». Foto de archivo.