La SCJN declara inválido el presupuesto que la Cámara de Diputados asignó al INE en el Proyecto de Egresos de la Federación; los diputados tienen 30 días hábiles para determinar lo que corresponda al anteproyecto
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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inválido el presupuesto que la Cámara de Diputados asignó al Instituto Nacional Electoral (INE) en el Proyecto de Egresos de la Federación.
El pasado 7 de diciembre, el órgano electoral presentó la controversia en contra del Decreto de Presupuesto publicado el 29 de noviembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación.
En dicho decreto, la Cámara de Diputados aplicó un recorte por cuatro mil 913 millones de pesos al presupuesto original que solicitó el INE.
“El recorte determinado por el Legislativo, que careció de motivación o justificación alguna en el decreto presupuestal, impide el ejercicio pleno de las atribuciones constitucionales a las que está obligada la autoridad electoral”, argumentó entonces el Instituto.
Con una votación unánime, la Primera Sala falló a favor del proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, en cuya resolución se lee el reconocimiento.
Se declara la invalidez del decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, en lo concerniente al presupuesto asignado al Instituto Nacional Electoral, anexos 1 y 32, en el Ramo 22, publicado en el Diario Oficial de la Federación…
Resolución del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá
La Corte también resolvió que la Cámara de Diputados deberá analizar y determinar, en sesión pública, lo que corresponda al anteproyecto de presupuesto de egresos del Instituto para el ejercicio fiscal de este año.
Con el fin de cumplir con lo instruido por la Corte, los diputados contarán con un periodo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de notificación.
Durante la votación, la ministra presidenta de la Primera Sala, Ana Margarita Ríos Farjat, manifestó su desacuerdo respecto a la competencia de esta sala para conocer el asunto.
Argumentó que debería abordarse por el Pleno de la Corte, de conformidad con el Acuerdo General 5 de 2013 “al tratarse de una impugnación de una norma de carácter general y que ha sido definida así por la mayoría del Pleno. Es vigente del Pleno y por esa razón considero que debería pronunciarse”.
Sin embargo, los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Norma Lucía Piña Hernández y el ministro ponente, votaron a favor de la competencia de esta sala para resolver la controversia.
Tras darse a conocer el fallo de la Corte, el consejero del INE, Ciro Murayama, celebró la determinación y, a través de sus redes sociales, comentó que “ha valido la pena defender la autonomía y atribuciones del INE, así como acudir ante la SCJN reivindicando la vigencia del Estado de Derecho”.
MAEP
Foto de Milenio.