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La Jornada

Entrevista con el ministro Javier Laynez Potisek en sus oficinas de la SCJN. Foto Yazmín Ortega Cortés.

“Por otro lado, en virtud que ha transcurrido el plazo legal de dos días naturales concedido al Partido Político Nacional Movimiento Ciudadano, al Partido Acción Nacional, a los Diversos Diputados y Senadores integrantes de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso de la Unión, al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y a la Fiscalía General de la República para formular alegatos, según la certificación que existe en autos, sin que a la fecha se tenga constancia de su presentación electrónica o impresa ante este Alto Tribunal, con fundamento en el artículo 68, párrafo tercero, de la Ley Reglamentaria de la materia, se cierra instrucción a efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente”, señala el acuerdo publicado en los estrados electrónicos del máximo tribunal.

Se trata de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática, Acción Nacional, Revolucionario Institucional, diputados y senadores de minoría y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Todos estos juicios constitucionales impugnan el decreto publicado el 2 de marzo pasado, por el cual se reformaron las leyes generales de Instituciones y Procedimientos Electorales y de Partidos Políticos, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expidió una nueva Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.