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La Razón Online

El TEPJF modificó el acuerdo que le fijó plazos y limitaciones a la consejera presidenta del INE para realizar distintos nombramientos, incluyendo la Secretaría Ejecutiva

Foto: Archivo Cuartoscuro.
Por:
MAGALI JUÁREZ

Con el voto de la mayoría de los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó el acuerdo que le fijó plazos y limitaciones a la consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE) para realizar distintos nombramientos, incluyendo la Secretaría Ejecutiva.

Al resolver las impugnaciones que presentaron Morena, PT y PRI en contra del acuerdo aprobado por una mayoría de consejeros electorales, la Sala Superior determinó, con el voto en contra de los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón, dejar sin efectos el establecimiento de los plazos de 30 días para que la consejera presidenta, Guadalupe Taddei, presente las propuestas correspondientes y de 12 meses como límite temporal que podrían permanecer las encargadurías de despacho.

Igualmente, resolvió que no eran procedentes las condicionantes de formar parte de la estructura del área respectiva, ocupar un cargo inmediato inferior al del titular y ser miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional o la persona de mayor antigüedad.

La presidenta del TEPJF, Mónica Soto, ponente de resolución, estableció que quien encabece el INE cuenta con las atribuciones reglamentarias hacer las designaciones correspondientes de los funcionarios del órgano electoral.

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“Esta facultad discrecional también es aplicable para la designación de las y los encargados del despacho de las direcciones que se designan ante la ausencia de las personas titulares. Les propongo que las personas encargadas de despacho que actualmente se encuentran en funciones y aquellas que se designen por la Presidencia del INE podrán seguir en funciones hasta la conclusión del proceso electoral, sin que ello y aquí quiero ser enfática, sea obstáculo para que si el Consejo General llega a los consensos necesarios y pueden tomar los acuerdos requeridos, pues realicen las designaciones de las titulares o las titularidades correspondientes en términos de la ley”, señaló.

Sin embargo, la magistrada decana Janine Otálora Malassis, quien votó en contra, se pronunció a favor de la autonomía del INE en sus decisiones y cuestionó que las atribuciones que la ley le otorga a quien preside el Consejo General se tome como una facultad unipersonal, cuando debe considerar a todos sus miembros.

“Resulta relevante considerar una interrogante: ¿Por qué el legislador reservó la facultad de designación al Consejo General y no se delegó como una facultad unipersonal a cargo de la Presidencia? Desde mi perspectiva esta decisión legislativa obedece a que con ello se garantiza que las personas que se nombren para ocupar estos cargos de dirección respondan al colectivo de consejerías y no únicamente a una sola consejería”, comentó.