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El economista

Rolando Ramos.
Por mayoría de ocho votos contra tres, los ministros decidieron suspender actividades a partir de este martes.

Por mayoría de votos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió este martes sumarse al paro de labores acordado en la víspera por los trabajadores del máximo tribunal constitucional del país en protesta por la inminente aprobación de la reforma del Poder Judicial por el Congreso de la Unión, que establece la elección popular de ministros, jueces y magistrados.

La Corte dio a conocer que con esta determinación se suspenderán las sesiones de las Salas, del miércoles 4 de septiembre, y del Pleno, del jueves 5 siguiente, «manteniendo las guardias necesarias, sin que corran plazos hasta el lunes 9 de septiembre del año en curso».

“En la sesión privada del día de hoy, el pleno de la Suprema Corte acordó, por ocho votos contra tres, suspender sus funciones, para sumarse al paro acordado por el Colegio de Secretarios y Secretarias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, A.C., y el Colegio de Jóvenes Estudiantes de Derecho y Nuevos Profesionistas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, A.C.’’, cita el posicionamiento por escrito sobre el tema que difundieron las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, quienes votaron en contra de suspender actividades.

El paro decidido por los empleados fue respaldado por la ministra Norma Piña, presidenta de la Corte y del Poder Judicial de la Federación (PJF), así como el resto de ministros: Alfredo Gutiérrez, Juan Luis González, Luis María Aguilar, Jorge Pardo, Margarita Río Farjat, Javier Laynez y Alberto Pérez Dayán.
Al momento no ha habido posicionamiento oficial de la Corte sobre la decisión del pleno.

“Las suscritas nos manifestamos de manera enérgica en contra de la suspensión de labores. Es nuestra responsabilidad constitucional ejercer el cargo de ministras y prestar el servicio público de impartición de justicia’’, agrega el texto de la minoría.

Desde la óptica de las tres ministras citadas, el artículo 109, fracción I, de la Constitución “dispone que procede la imposición —mediante juicio político— de la destitución del cargo e inhabilitación para desempeñar cualquier otra función en el servicio público, a las ministras o ministros (entre otros servidores públicos) que en el ejercicio de sus funciones, ‘…incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho’’’.

“Por otro lado, y con la misma contundencia, el artículo 110, fracción X, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación es terminante en señalar que incurre en responsabilidad la persona servidora pública que deje ‘de desempeñar las funciones o labores que tenga a su cargo’. No está prevista la figura del paro de labores a nivel constitucional ni legal para los titulares de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es decir, mediante un acuerdo de las ministras y ministros’’, agrega el posicionamiento.

La Corte, según Batres, Esquivel y Ortiz, “es la cabeza del Poder Judicial de la Federación y el máximo tribunal de nuestro país. Las y los servidores públicos que la integramos tenemos la imprescindible encomienda y obligación de impartir y garantizar el acceso a la justicia de todo el pueblo mexicano’’.

El próximo lunes 9 de septiembre, en sesión privada, el Pleno del Alto Tribunal valorará la situación «para adoptar las medidas conducentes», detalló la Corte en un comunicado emitido la tarde de este martes.

rolando.ramos@nulleleconomista.mx

Foto de XEU Noticias.