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La Razón Online

La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó avalar modificaciones a estatutos del PRI que permiten reelección del dirigente priista

Alejandro Moreno, dirigente nacional del PRI.Foto: X, @alitomorenoc
Por:
Sergio Ramírez

Con tres votos en contra y dos a favor, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó avalar las reformas y modificaciones a los estatutos del PRI para la reelección del dirigente nacional del partido, Alejandro Moreno, ya que se realizaron en tiempos vedados por la ley electoral.

Durante la octava sesión extraordinaria de carácter privado, la mayoría de los consejeros integrantes de la comisión dieron marcha atrás al anteproyecto que avalaba las modificaciones estatutarias en el partido tricolor, por lo que será elaborado un nuevo proyecto para someterlo ante el Consejo General.

¿Por qué rechazaron modificaciones a estatutos del PRI?
Los consejeros determinaron que las reformas a los estatutos del PRI se realizaron cuando el proceso electoral 2023-2024 aún no concluía y el artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos prohíbe reformas a los documentos básicos con los comicios en curso, por lo que no puede declarar que son constitucionales.

Los consejeros devolvieron el proyecto que venía en sentido de validar los cambios estatutarios. Si el Consejo General del INE confirma la decisión y ratifica por sentencia judicial, el proceso de reelección de Alejandro Moreno podría quedar invalidado.

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Los expresidentes del Revolucionario Institucional, Dulce María Sauri, Pedro Joaquín Coldwell, Enrique Ochoa Reza, así como Fernando Lerdo de Tejada, impugnaron ante el órgano electoral la convocatoria para la asamblea nacional priista donde se aprobó realizar la elección de la nueva dirigencia nacional, misma que recayó en «Alito» Moreno y la secretaria general, Carolina Viggiano, con posibilidad de reelección.

Esto argumentaron los consejeros del INE sobre estatutos del PRI
El consejero Arturo Castillo sostuvo que la reforma a los documentos básicos del PRI concluyó cuando estaba vigente la etapa de resultados y calificación del proceso electoral federal.

«Aquí la discusión no es cuándo empezó el proceso de renovación de documentos básicos del Partido Revolucionario Institucional, en efecto hay un criterio reiterado de la Sala Superior en el sentido de que se puede dar inicio a este proceso en cualquier momento, el punto es que no debe concluir durante el periodo de prohibición.

«El tema es que en este caso el proceso de reforma de documentos básicos concluyó todavía cuando estaba vigente la etapa de resultados y calificación de la elección. En este caso, es por eso que yo me aparto de la propuesta que nos presenta el área», aseguró.

El consejero Uuc-kib Espadas coincidió con Castillo de que la reforma a estatutos del PRI se dieron cuando no concluía el proceso electoral.

«Eso afecta la capacidad de la militancia de deliberar y participar en una Asamblea Nacional. En tal sentido sostendré la vigencia del artículo 34, me parece que no hay justificación en este caso para que se puedan hacer las modificaciones estatutarias en contra del mandato legal», indicó.

Agregó que para efectos estrictamente legales no se debe admitir una reforma hecha en tiempos expresamente vedados por la ley.

Dijo que «de aceptarse este mandato, que un precedente equivale a la suspensión del articulo de ley, estaríamos atentando en contra de los derechos de la militancia y del sano desarrollo de los partidos políticos que son obligaciones legales para el instituto».

La consejera Dania Ravel opinó, a su vez, que la Ley General de partidos políticos sí indica la limitante de temporalidad para realizar modificaciones.

«Me separo de la propuesta del proyecto, ya que por regla el Consejo General cuando ha ordenado a los partidos políticos que realicen cambios a sus documentos básicos, lo ha hecho para que estos se realicen hasta que concluyan los procesos electorales», apuntó.

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