Esta reforma establece que la Guardia Nacional dependerá de la Sedena, y así pasará a formar parte de la Fuerza Armada permanente (Ejército, la Fuerza Aérea, la Armada), al tiempo que la Guardia Nacional también tendrá la facultad de investigación de delitos, en el ámbito de su competencia.
Por:
Rocio Melgoza Delgado, Rolando Ramos.
La noche de este domingo, la Cámara de Diputados emitió la declaratoria constitucional de la reforma que establece la adscripción de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Esto luego de recibir el documento previamente aprobado desde el Senado de la República y 26 Congresos locales:
Baja California
Baja California Sur
Campeche
Chiapas
Chihuahua
Colima
Durango
Guerrero
Hidalgo
Estado de México
Michoacán
Morelos
Nayarit
Oaxaca
Puebla
Quintana Roo
San Luis Potosí
Sinaloa
Sonora
Tabasco
Tamaulipas
Tlaxcala
Veracruz
Yucatán
Zacatecas
Ciudad de México
“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformados y adicionados los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales”, señaló Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva en San Lázaro.
Cabe mencionar que el Artículo 135 de la Constitución establece que las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso de la Unión deben ser aprobadas también por la mayoría de las 32 Legislaturas de las entidades federativas del país para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el Ejecutivo federal y entrada en vigor.
También se declara constitucional la reforma que reconoce a pueblos y comunidades indígenas
También, este domingo, ambas cámaras declararon constitucional la reforma que reconoce a pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público.
El proyecto de decreto establece que la nación tiene una composición pluricultural y multiétnica sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, que son aquellas colectividades como una continuidad histórica de las sociedades precoloniales establecidas en el territorio nacional que conservan, desarrollan y transmiten sus instituciones sociales, normativas, económicas, culturales y políticas, o parte de ella.
Incorpora el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas, incluyendo a los pueblos y comunidades afromexicanas, como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como su identidad cultural, con especial atención en el reconocimiento de los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes indígenas y afromexicanos.
Garantiza el derecho a decidir conforme a sus sistemas normativos a sus representantes y sus formas internas de gobierno, de acuerdo con la Constitución y las leyes aplicables, y con excepción de no limitar los derechos político-electorales.
Además, preserva, difunde y fomenta su cultura, lenguas y educación, con base en sus métodos de enseñanza-aprendizaje; promueve el desarrollo de la medicina tradicional y prácticas de salud, alimentación nutritiva, bioculturalidad e integridad de lugares sagrados, así como el reconocimiento del trabajo comunitario.
También fija el derecho a ser consultados y cooperar de buena fe para adoptar y aplicar las medidas que puedan causar impactos significativos en su vida o entorno, para lo cual les brinda asistencia jurisdiccional idónea.