Marisol Luna Leal
Respecto al tema de los amparos nuevamente faltan a la verdad.
Primero dijeron que los amparos ya habían validado la prórroga:
FALSO. Ellos mismos, el día de la toma de la rectoría admitieron que los amparos seguían su curso.
En una nota reciente -supongo que pagada por rectoría-, hicieron referencia a 9 amparos. Contra la prórroga, en mi cuenta, son 6.
1. El promovido por el Dr. Jorge Manzo, mismo que no fue admitido. Contra dicha negativa entiendo que interpuso recurso de queja ante el Tribunal Colegiado con sede en Boca del Río.
2. El promovido por el Dr. Vela, cuya audiencia constitucional se encuentra programada para mañana. Espero que dicha audiencia no sea diferida por el tema de cambio/llegada de nuevo juez.
3. El promovido por una servidora, cuya audiencia constitucional, fue diferida hasta octubre.
4. El promovido por el Dr. Carlos Welsh, la audiencia constitucional también fue diferida hasta octubre.
Estos 4 amparos fueron promovidos por violación al procedimiento de designación de rector/a, y con ello se violentaron derechos de los promoventes, de la comunidad universitaria, de legalidad y de seguridad jurídica.
5. El promovido por el Dr. Coronel Brizio, desconozco la fecha de audiencia constitucional
6. El promovido por el Dr. José Luis Cuevas, la Mtra. Bertha Alicia y el Dr. Raúl Romero, también desconozco la fecha de la audiencia constitucional.
Estos dos últimos amparos, en términos generales, fueron promovidos por la falta de publicación de la convocatoria y con ello la afectación de los derechos de la comunidad universitaria.
De todos los amparos admitidos, el dr. Martín Aguilar y la Junta interpusieron recurso de queja, esto es, se inconformaron en contra de la decisión de los jueces por haber admitido las demandas correspondientes.
En contra de la negativa de otorgar la suspensión provisional, se ha interpuesto el recurso de revisión -Dres. Cuevas y Welsh-, en mi caso estoy por presentarla en breve.
Respecto a los amparos iniciales -dos- interpuestos por el dr. Manzo y una servidora, no fueron en contra de la prórroga, fue por la admisión de la solicitud que hizo el entonces rector y el procesamiento que la Junta se encontraba otorgando.
No omito señalar que en la negativa de la suspensión definitiva de los amparos del Dr. Welsh y el mío, los jueces establecieron que:
De esa manera, la concesión de la medida conllevaría a la imposibilidad de que la Universidad Veracruzana pudiera gestionar y ejercer de manera inmediata, recursos económicos en beneficio de toda su comunidad; en otras palabras, se entorpecería el correcto funcionamiento de la institución educativa de mayor importancia y prestigio a nivel estatal. […] su otorgamiento se ocasionaría perjuicio al interés social.
[…] Cabe precisar que la negativa de la suspensión solicitada de ninguna manera significa que el procedimiento mediante el cual se otorgó prórroga al actual rector para seguir en dicho cargo se haya realizado conforme a los parámetros constitucionales y legales establecidos para tal efecto, ya que este aspecto, en su caso, será motivo de análisis en la sentencia que se llegue a dictar en el juicio de amparo del que derivan los presentes autos […].
Después de conocerse el acta de la Junta de Gobierno, surgieron voces de más amparos, en mi opinión, dicha acta, en efecto, es un elemento probatorio, pero no la prueba determinante. Los elementos de convicción -pruebas- ya han sido presentadas y explicadas con todo detalle a los jueces, esto es, la interpretación y la legislación que realizó la JG, violando la Ley de Autonomía y su propio reglamento.
En suma, debemos esperar la sentencia que resuelva el juicio principal, el de fondo, es decir, el amparo, no los juicios incidentales, y esto ocurrirá después de las audiencias constitucionales. En tanto, hoy no existe aval judicial alguno respecto a la decisión de la Junta de Gobierno, ergo, la noticia que circula es falsa.


