Antes que nada, quiero comentar que aunque estas líneas de opinión van enfocadas a los taxistas, también le pueden servir a cualquiera de nosotros que utilice el servicio de transporte público.
Aún al circular por la calles de Xalapa, todavía me encuentro con taxistas que tiene colocada la leyenda “No a la incorporación fiscal, sí a la cuota fija”.
Han pasado casi nueve meses desde que inició el Régimen de Incorporación Fiscal y muchos se resisten a entrarle; es más, tienen la esperanza de que se eche para atrás el asunto, pues los que están sindicalizados (en su mayoría), el líder les ha dicho que no hagan nada pues eso no va a prosperar.
Sin embargo, el fin de semana me sorprendió un taxista, quien me comentó que ya estaba expidiendo factura ¿quéeee? Me quedé sorprendida. Realmente pensé que la facturación en los taxistas no se daría este año, sino “posiblemente” el siguiente.
Y como tenía curiosidad por saber cómo había surgido el asunto de su facturación, le pregunté, a lo que me contestó: “Una persona que viene de la ciudad de México me la pidió y como le estoy haciendo varios viajes, pues lo convenimos así, para que comprobara sus viáticos; es más, tengo entendido que ya se tiene que facturar, y si le hubiese dicho que no podía expedir factura, simplemente no me hubiese dado el trabajo de dos semanas”.
Realmente me atrevo a decir que el ejemplo anterior de facturación está por debajo del uno por ciento en el estado; sin embargo, existen personas como don Miguel que me ha hecho muchas preguntas, de las cuales les comparto las siguientes con su respuesta, de acuerdo a mi opinión.
• ¿Cómo puedo facturar si no tengo ni teléfono celular que haga esas cosas?
R: En primer lugar, tendría que pedirle a su cliente su RFC y algún correo electrónico para enviarle posteriormente su factura; si no tiene contador, puede asistir a alguna oficina de Hacienda en el estado en donde le apoyarán a realizarla de forma gratuita.
• Me han dicho que tengo que facturar todos los gastos ¿es cierto?
R: Realmente tiene que facturar los gastos estrictamente indispensables para la realización de su actividad de taxista, como son gasolina, refacciones, póliza de seguro del taxi, mantenimiento del vehículo.
• ¿Qué pasa si tengo chofer?
R=Recordemos que el otorgamiento de la concesión de transporte público es para las personas que trabajan la actividad, luego entonces, no deberían tener trabajadores; sin embargo, si existe el supuesto, tendría la obligación de darle las prestaciones sociales a su empleado, así como pagar los impuestos correspondientes al estado y la federación.
• Acabo de comprar una concesión, sin embargo aún no transcurren los cinco años que marca la Ley para ponerla a mi nombre ¿cómo pago mis impuestos?
R=Los impuestos tendría que seguir pagándolos el dueño original de la concesión y cuando cambie de nombre, lo debe hacer el nuevo dueño. Asimismo, el dueño anterior debe dar de baja la obligación que tenía como taxista ante la oficina de Hacienda.
• Derivado de la pregunta anterior, me dicen: El dueño anterior no quiere saber nada de impuestos, puesto que dice que ya no tiene la obligación ¿Qué hago?
R=Puede darse de alta en la oficina de Hacienda como Régimen de Incorporación y pagar el impuesto correspondiente.
• ¿Es cierto que tengo que pagar con tarjeta de débito o crédito mis gastos?
R=Si el monto del gasto es mayor a dos mil pesos, está obligado a efectuar su pago de esa forma de acuerdo a lo dispuesto en las leyes fiscales, pero si son menores a esa cantidad, lo puede realizar en efectivo.
Estas son algunas dudas con las que se encuentran los amigos del volante, realmente el único fin de estas líneas es incrementar la cultura fiscal para que no nos agarren de bajada.

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