En la semana que concluye se aprobó el Código Electoral para el estado, que establece la normatividad para los comicios del año próximo. Como todo ordenamiento legal siempre está en condiciones de perfeccionarse. Es decir, no tenemos lo ideal, sino lo que se pudo hacer. Así hemos transitado en nuestro desarrollo social, porque el contexto de unos es diferente al de otros.
Pero un aspecto que nos beneficia como sociedad es la paridad en las postulaciones para los cargos de representación popular, obligando a los partidos a proponer en 50 y 50 por ciento de las candidaturas a varones y mujeres. Esto es un principio que, por supuesto, tendrá que perfeccionarse conforme avancemos nuestras prácticas democráticas.
La magnitud de lo que los legisladores acaban de aprobar la grafica el diputado Juan Nicolás Callejas Arroyo: “Sólo en Veracruz y Sinaloa se da igualdad a la mujer en la composición de las fórmulas para ocupar un puesto edilicio. En 106 de los 212 municipios de la entidad se propondrá a mujeres como presidentas municipales. Donde un hombre sea candidato, forzosamente una mujer irá como Síndica, y a partir de ahí distribuirán las demás posiciones”.
Tardó el reconocimiento a nuestros derechos para ser consideradas igual a nuestra contraparte. Se tuvo que legalizar, porque en los hechos las mujeres seguimos siendo relegadas por los varones. Ahora, la “cosa pública” dejará de ser una actividad mayoritariamente masculina.
Se empezarán a labrar nuevas realidades y muchas mujeres tendrán que aprender a vivir situaciones inéditas, al incorporar en sus actividades responsabilidades sociales.
Por años pedimos oportunidades de mostrar que podemos ser iguales o mejores que los varones. Algunas mujeres han podido hacerlo sin dejar las tareas que históricamente nos han conferido, como si fuese “lo natural”: las labores domésticas.
Por supuesto que esto nada garantiza. Las mujeres cometemos los mismos errores que los varones, e incluso tenemos los propios. Nadie debiera decir que puede hasta que lo haga, y para nosotras será un “bautizo masivo” a partir del próximo año, y posteriormente con la renovación de los ayuntamientos.
El mismo Callejas Arroyo puntualiza: “La ley obliga a los partidos políticos a incorporar el mismo número a hombres y mujeres, pero será el electorado quien con su voto decida la composición de los ayuntamientos y del Congreso”.
Otro de los aspectos que debe destacarse es el tiempo de duración de las campañas, que muchas veces llegan a ser molestas por la vacuidad que se difunden mediante altavoces, espectaculares y promocionales en radio y televisión. De esta manera, la promoción del voto para quienes aspiren a gobernar el estado será de dos meses.
En el caso de la renovación de los Cabildos y del Congreso se reduce a un mes la campaña de los y las aspirantes. En relación con los registros de los aspirantes ajenos a los partidos (independientes) tendrán que ser respaldados por tres por ciento de la lista nominal de electores del municipio, el distrito o el estado, según sea la representación a la que aspire.
Como escribí al inicio de esta colaboración: no es lo ideal, sino lo que pudimos hacer, y con este marco legal deberemos caminar, para contrastarlo con nuestras realidades y perfeccionar lo que no funcione.
Por hoy es todo. Le deseo un excelente fin de semana y nos leemos en la próxima entrega.