El Consejo General del INE aprobó cancelar el derecho a José Guillermo Fabela Quiñones para registrarse como candidato de Morena a la gubernatura de Durango, debido a que no presentó su informe de precampaña en el proceso electoral en marcha en esa entidad.
Por unanimidad, los consejeros electorales precisaron que al cotejar las evidencias obtenidas del monitoreo en diarios, revista y otros medios impresos de la entidad, se obtuvo evidencia de notas informativas que hacen alusión a un precandidato único a gobernador postulado por Morena.
“Sin embargo, en el Sistema Integral de Fiscalización, se observó que (Fabela Quiñones) no presentó el informe de precampaña correspondiente”, indicó Ciro Murayama, consejero del Instituto Nacional Electoral (INE).
Refirió que en el caso de Morena, la precampaña en Durango transcurrió entre el 11 de diciembre de 2015 y el 19 de enero de 2016, esto es, 40 días y al igual que el resto de los partidos tenía hasta el 29 de enero para presentar el informe referido.
Sin embargo, anotó Murayama Rendón, “Morena respondió el 29 de enero, diciendo que no había tenido registro, que no tenía precandidato al gobierno de Durango”.
“Como ustedes saben, la fiscalización no consiste sólo en seguir o creer el dicho de los actores políticos, sino de contrastarlo con otros elementos, entre otros, el monitoreo de medios de comunicación impresos”, explicó el consejero.
En conclusión, comentó, ¿qué no hizo (Morena)? No presentó informe. No presentó informe. ¿Cuál ha sido la política sistemática de este Consejo? Si tú no presentas informe como precandidato, estás cometiendo una omisión mayor, no permites la fiscalización.
Comentó: “creo que no (en el INE) estaríamos en condiciones de permitir que un partido político en los hechos tenga precandidatos, no los entregue a la autoridad, no los informe, y entonces, aparezcan como precandidatos”.
Afirmó que si “hay precandidatos que tienen actividad y no presentan informes, se incurre, creo yo, en una opacidad mayúscula. No puede haber condescendencia de la autoridad, sea el partido que se trate”.
El presidente del INE, Lorenzo Córdova, reconoció que si bien puede ser una sentencia radical, lo cierto es que es una decisión del legislador plasmada en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) y el entonces Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
“Creo, efectivamente que la sanción que se está planteando, no por la autoridad electoral sino por el legislador federal en el Artículo 229 párrafo cuarto es una sanción que viene desde antes de la reforma a la Legipe y retoma una sanción que está en el Cofipe”, mencionó.
Por lo demás, añadió “si se pasa la fecha de registro, no será la primera vez que ocurre, así que están salvaguardados los derechos de todos”, resaltó el consejero presidente del INE.