El Consejo General del INE ordenó a partidos políticos, coaliciones y candidatos independientes reintegrar al erario los recursos públicos que recibieron para sus gastos de campaña y que no fueron utilizados con ese objetivo.
En sesión extraordinaria la instancia aprobó la disposición con base en una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que faculta al Instituto Nacional Electoral (INE) para hacer esa solicitud.
El pleno aprobó en lo general que sólo los recursos públicos serán motivo de devolución a la Tesorería de la Federación y, en su caso, a las locales, no así los montos privados que por ley también pueden recibir las fuerzas políticas.
El consejero Ciro Murayama destacó que “en acatamiento a la sentencia SUP-RAP-647/2015 de la Sala Superior se presenta al Consejo General el acuerdo con los lineamientos para reintegrar a la Tesorería Federal o local el remanente no ejercido del financiamiento público para gastos de campaña en procesos federales y locales, en cada caso”.
Los lineamientos incluyen dos vertientes: en la primera se establecen los criterios para identificar y devolver los remanentes de financiamiento público en procesos electorales y campañas por venir, mientras que en la segunda -la parte transitoria de los lineamientos- se propone resolver lo correspondiente a 2015 y 2016.
Para las campañas de 2017 y posteriores la solución prevista es que se abran cuentas contables en el Sistema Integral de Fiscalización que permitan identificar por separado el origen del financiamiento.
En cuanto a las campañas de 2015 y 2016, “pues lo que estamos proponiendo es, como ya lo mencioné, también, es un transitorio”, especificó el también presidente de la Comisión de Fiscalización,
A su vez el consejero electoral Benito Nacif recordó que el 2 de diciembre de 2015 el TEPJF planteó que si bien no hay la obligación expresa de los partidos de regresar el dinero público asignado para los gastos de campaña no devengados o no comprobados, lo cierto es que en una interpretación sistemática y funcional y estimó que existe la obligación implícita de reintegrar esos recursos al erario.
La Comisión de Fiscalización del INE propuso dos procedimientos de reintegro. El primero para establecer un método permanente, que utiliza el Sistema Integral de Fiscalización, para determinar el monto a reintegrar y que aplicará para los ejercicios posteriores.
Sugirió un segundo método mediante el cual se propone una consolidación de saldos para determinar el monto no utilizado en campañas de 2015 y 2016.
Nacif Hernández externó que el financiamiento público que reciben partidos políticos y candidatos también es un pilar del Sistema Electoral Mexicano y tiene una función central al preservar la política como un espacio de intereses público, así como para asegurar la existencia de equidad en la contienda.
La consejera electoral Beatriz Eugenia Galindo, en su oportunidad, mencionó que la sentencia establece que los recursos deben destinarse sólo para lo que fueron determinados, en el caso del financiamiento de campaña para gasto de campaña.
A su juicio, “no es dable pretender que para los anteriores procesos aplican idénticas reglas que para los futuros”.