Para que el Estado de Veracruz cuente con una ley que permita la supervisión, verificación, regulación y control de empresas que brinden el servicio de seguridad privada, la diputada del grupo legislativo de MORENA, Patricia Rodríguez Cueto, presentó una iniciativa a fin de expedir una ley al respecto.
Durante la tercera sesión ordinaria, del segundo periodo de la LXIV Legislatura, la diputada propuso crear la Ley que Regula la Prestación de Servicios de Seguridad Privada para el Estado de Veracruz con el objeto de supervisar el actuar de este tipo de empresas, en relación al personal, infraestructura, equipo e instalaciones, entre otros.
De acuerdo a la iniciativa, correspondería a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) del Estado, recibir y verificar las solicitudes para la prestación del servicio de seguridad privada, autorizar, supervisar, verificar, ratificar, regular y controlar estos servicios, los cuales deben de operar en los términos de la presente ley.
Los servicios de seguridad privada son auxiliares de la función estatal y municipal de seguridad pública, y podrán coadyuvar con estas autoridades pero solo en casos graves en donde exista peligro o riesgo para la vida de las personas o pérdida de sus bienes materiales, y únicamente cuando exista pedimento de las instituciones de seguridad pública.
La SSP, con la intervención que corresponda al Sistema Estatal de Seguridad Pública, podrá suscribir convenios o acuerdos con las autoridades municipales o federales, con el objeto de establecer lineamientos, acuerdos y mecanismos relacionados con los servicios de seguridad privada, que faciliten la prevención, control, solución y toma de acciones inmediatas a problemas derivados de la prestación del servicio de seguridad privada.
En ningún caso se autorizará la prestación de estos servicios a personas físicas que hayan sido condenadas por delitos dolosos o a quienes previamente se les haya sancionado con la cancelación de otra autorización.
El prestador de servicios se abstendrá de contratar a personas que hayan sido dadas de baja de alguna institución de Seguridad Pública, las fuerzas armadas o de otra empresa de seguridad privada, ya sea por irregularidades en su conducta, por faltas de probidad en la prestación del servicio o por haber sido sentenciadas por delito doloso o inhabilitada por resolución judicial, con excepción de quien acredite fehacientemente que ésta quedó sin efecto.
El Registro Estatal de Empresas, personal, armamento, vehículos y equipo de seguridad privada es un sistema de consulta y acopio de información integrado por una base de datos, suministrado por el Prestador de Servicios, su Personal Operativo y las autoridades competentes, destinado a la supervisión, control, vigilancia y evaluación de los Prestadores de Servicios, incluyendo al personal que desempeña cargos directivos y operativos, así como del armamento y equipo asignado.
La legisladora Patricia Rodríguez indicó “si bien existen empresas de seguridad privada que se dedican realmente a brindar los servicios, pudieran existir otras que solamente son fachadas para realizar otro tipo de actividades que pudieran ser ilícitas”.
Por lo que, agregó, es necesario tener una ley que dé certeza jurídica, no sólo a las empresas que contratan estos servicios, sino a todos los ciudadanos.
Esta iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Seguridad Pública para su estudio y dictamen correspondiente.