La máxima publicidad y la transparencia perdieron el último round ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En aras de alcanzar una máxima publicidad de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos, como parte del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), legisladores de oposición promovieron una acción de insconstitucionalidad de los artículos 29, 34 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, mejor conocida como Ley 3 de 3.
Con una votación dividida, los ministros validaron dichos artículos, pues ponderaron el derecho de protección de datos personales y de la vida privada sobre el de transparencia y máxima publicidad. Qué quiere decir esto: que dejaron un pequeño candado para que las declaraciones patrimoniales y de intereses no se hagan públicas cuando se pueda afectar “la vida privada” o los “datos personales”.
También se deja en manos del Comité Coordinador del SNA, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, la emisión de formatos para garantizar que la vida privada y datos personales queden en resguardo de las autoridades competentes.
Fueron tres los argumentos del ministro José Ramón Cossío Díaz, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución por el que se confirmó la validez de los artículos antes mencionados de la llamada “Ley 3 de 3”:
A) Que la información en las declaraciones de los servidores públicos es de naturaleza pública y debe encontrarse sujeta al principio de máxima publicidad.
B) Que el umbral de protección de los datos personales y la vida privada de los servidores públicos es menor que el de los particulares, atendiendo al interés público en el contenido de esta información y a la finalidad de evitar conductas irregulares e internalizar los incentivos para no realizarlas.
C) Que aún en este contexto de máxima publicidad y menor umbral de protección, los servidores públicos cuentan con protección de datos personales y de la vida privada, y que esta protección se referirá al posible riesgo a su vida e integridad personal así como aquellos datos personales que quedan fuera de las finalidades del Sistema Nacional Anticorrupción.
Es cierto, el tema de seguridad es preocupante en México, pero no se necesita ser servidor público para estar en riesgo, cualquier ciudadano hoy en día puede ser víctima de un secuestro o “lenvantón”, aunque no tenga altas remuneraciones o cuentas abultadas en los bancos. ¿Cuántos secuestros conocemos de funcionarios? Y ¿cuántos de personas de a pie?
Estoy a favor de la privacidad como un derecho humano que debemos mantener y defender, pero también es real que los ciudadanos comunes son los que están más vulnerables y no los funcionarios públicos. Ahí tenemos el caso de los activistas que dejaron el programa de Gobierno Abierto cuando se percataron que eran espiados desde sus teléfonos por la autoridad federal.
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“Puede que la obscuridad nunca se vaya, pero puede que no siempre sea tan densa”: frase la película Jackie (2016), protagonizada por Natalie Portman y que puede encontrar en Netflix.
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