La Diputación Permanente de la LXIV Legislatura dio entrada a la iniciativa enviada por el Gobernador del Estado que prevé modificaciones al Código Penal de la entidad, enfocado al combate a la corrupción a través del robustecimiento del esquema normativo estatal en contra de las conductas contrarias a la ley, entre ellos la incorporación del capítulo “Simulación de Reintegro de Recursos” y sus respectivas sanciones.
En la cuarta sesión ordinaria, fue presentada esta propuesta que prevé la Simulación de Reintegro de Recursos que castiga con penas severas al servidor o ex servidor público que ordene o autorice el reintegro de recursos públicos a las cuentas bancarias del ente público, con la finalidad de resarcir el patrimonio o solventar las observaciones determinadas por la autoridad fiscalizadora y posteriormente, los asigne o desvíe nuevamente a un fin distinto al que originalmente estaban destinados.
A quien cometa el delito de Simulación de Reintegro de Recursos se le impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de 100 a 10 mil Unidades de Medida y Actualización, tomando en consideración el monto de la simulación ocurrida, al servidor o ex servidor público que ordene, autorice o realice el reintegro de recursos públicos a las cuentas bancarias aperturadas para el depósito de recursos financieros de carácter federal, estatal o municipal.
En la sesión y a fin de de armonizar el Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con las reformas constitucionales en relación con el combate a la corrupción, se dio entrada a la iniciativa presentada por el Gobernador del Estado que prevé modificaciones a este ordenamiento legal.
Plantean modificaciones a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.
La Mesa Directiva turnó a comisiones la iniciativa presentada por el Gobernador del Estado que plantea reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía General en relación a la creación y atribuciones de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
De esta manera la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción se establecería como un órgano de la Fiscalía General con autonomía de acción y decisión para investigar y perseguir los hechos que la ley considera como delitos en materia de corrupción; tendrá el personal operativo, directivo, administrativo y auxiliar necesario para el debido cumplimiento de sus funciones de conformidad con los recursos y capacidad con que cuente la Fiscalía General, la cual también deberá auxiliarse de los servicios periciales y la policía ministerial.
En la iniciativa se plantea adecuar y separar las atribuciones de la Visitaduría General, de la Contraloría General y de la Fiscalía General del Estado; la primera como órgano de inspección, supervisión y evaluación de la Fiscalía General, dotada de atribuciones concernientes al debido cumplimiento de la función sustantiva de este organismo autónomo; y la segunda como órgano interno de control, quien será nombrado y removido por el Congreso del Estado.
Fortalecerían a la Contraloría General del Estado en materia anticorrupción
La Legislatura también dio entrada a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado con la finalidad que la Contraloría General cuente con las facultades y atribuciones necesarias para lograr una adecuada coordinación y armonización jurídica con el Sistema Nacional y Estatal Anticorrupción.
De aprobarse esta iniciativa se contará con una Contraloría con mayor capacidad de operación, dotándola de independencia en sus auditorías e imparcialidad en la toma de decisiones, que permita sancionar las irregularidades que sean encontradas, así como investigar y denunciar los hechos de corrupción.
Habrá mecanismos de control en adjudicación de obras.
También se dio entrada a la iniciativa, presentada por el Ejecutivo estatal, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado, que busca incluir la obligación, tanto para los servidores públicos como para los particulares, de atender y alimentar los sistemas de control establecidos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
De esta manera como requisito para participar en los procedimientos de adjudicación de contratos de obras públicas o servicios relacionados con ellas, deberá cumplir con lo que establece la Ley General citada.
De igual manera se fortalecen los sistemas actuales con los que se realizan los registros de particulares que participan en los procedimientos de licitación, adjudicación y contratación de obras públicas y servicios relacionados con ellas, el cual se conoce como Padrón de Contratistas, mismo que es alimentado por la Secretaría de Finanzas y Planeación, y es de aplicación para todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal.
A fin de adecuar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz y articular el contenido de la misma con las recientes reformas en materia de combate a la corrupción, precisando diversas obligaciones para los servidores públicos que intervengan en contrataciones públicas y estableciendo para los Entes Públicos la atribución de crear los debidos registros que permitan darle viabilidad al Sistema Nacional Anticorrupción en el ámbito local.