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En la sesión pública de resolución de este 19 de octubre de 2017, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que anuló la elección del municipio de Camarón de Tejeda, por rebase de topes de gastos de campaña.

Lo anterior, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 115 y su acumulado, el juicio ciudadano 647, promovidos por Movimiento Ciudadano (MC) y Norberta Palacios Molina, excandidata a la alcaldía del municipio antes mencionado.

Los magistrados federales decidieron confirmar la nulidad de la elección debido a que, del dictamen aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), se concluyó que el partido MC superó en un 334.76% el tope de gastos de campaña, lo que constituyó un rebase superior al 5%, y la diferencia en la votación entre el primer lugar, ocupado por dicho partido, y segundo, por la coalición integrada por Acción Nacional y de la Revolución Democrática (PAN-PRD), fue de 4.26%, menor a ese porcentaje; lo cual actualizó la causal de nulidad por rebase de topes de gastos de campaña.

Asimismo la Sala Regional Xalapa confirma actos anticipados de campaña de Cinthya Brizuela Alcocer, otra candidata a presidenta municipal de Catemaco, Veracruz.

Al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 156 del presente año, promovido por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) dictada en el procedimiento especial sancionador 135/2017, que acreditó los actos anticipados de campaña en beneficio indirecto de la otra candidata Cinthya Brizuela Alcocer, por lo que, impuso una multa al partido político y una amonestación pública a dicha candidata a presidenta municipal postulada por Morena al ayuntamiento de Catemaco, Veracruz.

Lo anterior, toda vez que fue ajustada a derecho la valoración que hizo el Tribunal local del acta del Consejo Municipal de Catemaco aportada como prueba, pues del contenido de ésta se advirtieron circunstancias de modo, tiempo y lugar, así como la concatenación de su contenido en relación con la calidad que tenía la ciudadana Cinthya Brizuela Alcocer en dicha temporalidad, con lo que se tuvieron por acreditados los actos anticipados de campaña.

En la misma sesión pública de resolución, el Pleno de la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que, a su vez, confirmaron las elecciones de integrantes a los ayuntamientos, así como la entrega de las constancias de mayoría y validez a la fórmula de candidatos registrada por el Partido Nueva Alianza en Chinameca, y la fórmula de candidatos postulada por la coalición “Que Resurja Veracruz”, integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), en Chicontepec.

Al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 91, promovido por Morena; se confirmó la elección de Chinameca dado que no se probó la supuesta irregularidad consistente en que en cinco casillas instaladas en la referida elección se hubiese permitido sufragar a personas que no estaban registradas en la lista nominal.

Por otra parte, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 149, promovido por MORENA, los magistrados federales determinaron inoperantes los agravios consistentes en la falta de congruencia, incorrecta valoración de las pruebas, rebase de tope de gastos de campaña e integración de las mesas directivas de casilla por funcionarios del ayuntamiento de Chicontepec, ello, al no acreditarse las violaciones alegadas y no combatir los argumentos vertidos por la autoridad responsable.

En la sesión pública de resolución de este jueves 19 de octubre, se resolvieron: seis juicios ciudadanos, dos juicios electorales, siete juicios de revisión constitucional electoral y un recurso de apelación; en total, 16 medios de impugnación.