La LXIV Legislatura de Veracruz recibió los informes de la Secretaría General del Congreso del Estado en relación a las votaciones emitidas por los ayuntamientos respecto a cuatro decretos aprobados de modificación a la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
En primera instancia se dio lectura a la votación en relación al decreto por el que se reforma el artículo 10 de la Constitución Política del Estado, mismo que establece el presupuesto progresivo para la Universidad Veracruzana (UV) en el que se dio el respaldo de 189 ayuntamientos.
Posteriormente se dio a conocer que 184 ayuntamientos avalan la reforma a la Carta Magna estatal para incluir la Seguridad Humana como una obligación del Estado con la intención de garantizar el derecho a la vida del ser humano y su seguridad humana, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustente el ejercicio de los demás derechos.
También se dio a conocer que 191 ayuntamientos apoyaron la modificación al artículo 15 de la Constitución del Estado que establece como derecho de los ciudadanos el participar en el proceso de asignación y ejecución del Presupuesto en su municipio. Solamente el ayuntamiento de Perote envió su acta de Cabildo en la que rechaza esta reforma.
Por otra parte se informó que 191 ayuntamientos aprobaron el decreto que reforma la fracción XXXII del artículo 33; adiciona un segundo párrafo y recorre el subsecuente del artículo 67 y reforma el inciso e) de la fracción I del mismo numeral, todos de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, relativo a la obligatoriedad de los organismos autónomos de la entidad de comparecer anualmente ante el Congreso del Estado a fin de informar su el estado que guarda su gestión. Únicamente los ayuntamientos de Zentla y Omealca rechazaron esta reforma.
Derivado de lo anterior, la Mesa Directiva, presidida por la diputada María Elisa Manterola Sainz, declaró aprobados en lo general los decretos y los remitió al Poder Ejecutivo para su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.