Con 344 votos a favor y tres abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma los artículos 264 y 289, y deroga los artículos 158 y 334 del Código Civil Federal, cuya finalidad es que la mujer pueda contraer un nuevo matrimonio inmediatamente después de divorciarse.
En ese sentido, se elimina la disposición que establecía que «la mujer no puede contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados 300 días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpió la cohabitación».
Además, el dictamen remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, dispone que en virtud del divorcio, los cónyuges recobrarán su entera capacidad para contraer nuevo matrimonio sin restricción alguna.
Al fundamentarlo, el presidente de la Comisión de Justicia, Álvaro Ibarra Hinojosa, detalló que se derogan disposiciones restrictivas para que las féminas vuelvan a casarse y se armoniza esta propuesta con otros ordenamientos jurídicos, a fin de garantizar el derecho a la igualdad, a la no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad.
Al respecto, el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido señaló que estas reformas abonan a la igualdad de género.
La legisladora priista María Gloria Hernández Madrid argumentó que el hecho de que una fémina deba esperar cuando menos 300 días para que pueda nuevamente contraer matrimonio una vez que concluyó el anterior con motivo del divorcio, «es una violación a su derecho a la igualdad ante la ley».