Para que me vaya entendiendo con los que difieren de lo que pienso en cuanto a este espinoso tema, de entrada diré que, en las actuales y deplorables condiciones que en materia de seguridad pública, ¡por supuesto que estoy a favor de que el país, de facto, siga estando “militarizado”!
Y está visto que al término de “militarizado” en este México violento que vivimos hoy, hay quienes insisten en querer darle una connotación peyorativa. Apelan a esta condición necesaria del país, equiparándola con regímenes militares como los que se dieron infaustamente el siglo pasado en Argentina y Chile. Cuando aquí en realidad lo que pasa es que las fuerzas armadas están en los estados y en los municipios por el fracaso que han tenido –en general- estas instancias de gobierno en la conformación de cuerpos de policía profesionales y competentes, con las condiciones humanas, físicas y materiales adecuadas para hacer frente a la ola delictiva que vive el país.
Es decir, por supuesto que no es una condición óptima que el Ejército y la Marina estén en las calles de nuestras ciudades, pero ante la insuficiencia y evidentes deficiencias que presentan las policías de todo el país, lo sabemos muy bien muchos, pues no hay de otra. Ni para a dónde hacerse. Pero esta actuación en las calles de las fuerzas armadas (FA) se había dado de manera tolerada, al margen de la ley, simple y sencillamente porque no hay un marco legal regulatorio de su actuación legal como una fuerza armada supletoria o complementaria de las policías locales, estatales y municipales.
Repito, ante las evidentes insuficiencias y deficiencias, ¡yo si quiero que las FA continúen en nuestras calles, con un marco legal regulatorio para darle garantías a la sociedad que sirven, y para darle garantías que respalden su actuar a nuestros militares y marinos! En días recientes la Cámara de Diputados como Cámara de origen expidió un proyecto de Ley de Seguridad Interior que a ha alarmado a algunos líderes de opinión, organizaciones de la sociedad civil y hasta a la ONU, alarma infundada que no tiene razón de ser. Veamos por qué.
1.- Establece una temporalidad para que las FA armadas actúen de manera supletoria y complementaria a las fuerzas de seguridad locales en los estados y municipios, a petición de parte, principalmente de los Congresos Locales y en segundo lugar de los Ejecutivos Estatales. El plazo será de máximo un año, prorrogable.
2.- Las FA intervendrán siempre bajo el ojo avizor de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y de las Comisiones locales. Tratándose de delitos del orden común y federal, deberán dar parte de inmediato al MP correspondiente para que se encargue de la investigación del o los delitos.
3.- La preocupación de muchas y muchos, las marchas y manifestaciones de protesta, así como las manifestaciones políticas no son consideradas como amenazas a la seguridad interior, por lo tanto no estarán sujetas a la intervención de las FA.
4.- Lo mejor tal vez desde mi punto de vista, preocupación de algunos para que la Ley faculte el uso autoritario de las FA por parte del Ejecutivo, delimita cualquier posibilidad de atribución discrecional del Presidente de la República, inclusive contra la delincuencia organizada porque fija normas de acción, protocolos de actuación, lo que incluye apercibimientos y la disuasión necesaria y conveniente.
Para terminar, voy a decir algo a un y a riesgo de ser ‘crucificado’, este proyecto de ley me parece excepcional, moderno y muy conveniente.
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@marcogonzalezga