Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura del Estado aprobaron la nueva Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa cuyo objeto es determinar la integración, organización, atribuciones y funcionamiento del Tribunal, el cual contará con personalidad jurídica y patrimonio propios; que además será la máxima autoridad en la materia, con la jurisdicción y competencia que determinen la Constitución del Estado, esta Ley y demás legislación aplicable.
La ley establece que el Tribunal será un órgano jurisdiccional con autonomía e independencia para dictar sus fallos, dotado de plena jurisdicción; formando parte del Sistema Estatal Anticorrupción y actuando de forma coordinada con el Sistema Nacional Anticorrupción, conforme a las bases establecidas en la Carta Magna federal.
Este Tribunal impartirá justicia de manera dinámica, funcionando con cuatro Salas Unitarias y una Sala Superior que conocerán en primera como en segunda instancia, respectivamente. El Magistrado de la Sala Unitaria que conozca en primera instancia no conocerá del asunto en segunda instancia, garantizando imparcialidad en sus resoluciones, conforme a la reforma constitucional de combate a la corrupción.
El presupuesto aprobado por el Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave para el Tribunal, se ejercerá con autonomía, conforme al Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y a las disposiciones legales aplicables.
El Tribunal es competente para dirimir las controversias entre la administración pública estatal o municipal y los particulares, así como entre los Organismos Autónomos y los particulares; imponer las sanciones a los servidores públicos estatales o municipales por las responsabilidades administrativas que la Ley General determine como graves y a los particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas de la misma naturaleza.
El Tribunal conocerá de las responsabilidades administrativas de los servidores públicos y particulares vinculados con faltas graves promovidas por los Órganos Internos de Control de los entes públicos estatales, municipales, los organismos autónomos, o por el Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para la imposición de sanciones, en términos de lo dispuesto por la Ley General y la Ley Estatal de Responsabilidades.
El Tribunal puede fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Estatal, Municipal o al patrimonio de los entes públicos estatales, municipales y a los particulares afectados por los hechos o actos de servidores públicos.
Los Magistrados están impedidos para conocer de los asuntos, por alguna de las siguientes causas: tener parentesco en línea directa sin limitación de grado, en la colateral por consanguinidad hasta el cuarto grado y en la colateral por afinidad hasta el segundo, con alguno de los interesados, sus representantes, patronos o defensores o tener amistad íntima, enemistad manifiesta o relación laboral con alguna de las personas a que se refiere la fracción anterior, en su calidad de parte en los procedimientos de los que conozca, entre otros.
El Tribunal se compondrá por cuatro magistrados, cuyo periodo de encargo será de diez años y sólo serán removidos de conformidad con lo dispuesto por la Constitución del Estado y la Ley.
El Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la publicación de la presente Ley, aprobará la propuesta de presupuesto del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal correspondiente, al efecto la Secretaría de Finanzas y Planeación remitirá, dentro de los diez hábiles siguientes, la propuesta respectiva.
El Tribunal deberá expedir el Estatuto de la Carrera Profesional de Justicia Administrativa, dentro de los ciento ochenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la presente.
Una vez entrada en vigor la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y hasta en tanto el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción determina los formatos para la presentación de las declaraciones patrimonial y de intereses, los servidores públicos del Tribunal presentarán sus declaraciones en los formatos que, a la entrada en vigor de la referida Ley, se utilicen en el ámbito federal.
A nombre del grupo legislativo de MORENA, la diputada Águeda Salgado Castro indicó que el Dictamen tiene algunas precisiones que les impiden votarlo a favor y reseñó algunos relativos a la designación de los magistrados y las funciones que estos desempeñarían, entre otros.
Esta ley fue aprobada con 26 votos a favor y se registraron 7 votos en contra.
-Desaparece Tribunal de lo Contencioso Administrativo-
El Pleno de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobó el Dictamen de reforma a diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial para eliminar las referencias al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, toda vez que con la creación del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa el primero tiende a desaparecer.
Este dictamen fue aprobado con 35 votos a favor. No se registraron votos en contra o abstenciones.