Con su creación, se fortalecen los ayuntamientos en aspectos financieros y administrativos.
El Pleno de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobó con 44 votos a favor, el Dictamen de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Municipio Libre y de la Ley de Planeación del Estado para crear en los ayuntamientos de la entidad las Comisiones de Planeación del Desarrollo Municipal, dotándolos de facultades para participar en el proceso de elaboración, implementación, puesta en marcha, evaluación y actualización del Plan de Desarrollo Municipal, entre otras.
En la sesión del Congreso del Estado las y los diputados aprobaron la reforma antes citada con el objetivo que los Ayuntamientos se fortalezcan en aspectos financieros, administrativos y en el ejercicio de su libertad y autonomía promuevan, planeen y conduzcan el desarrollo con visión de progreso y optimicen los recursos.
A partir de esto, los Ayuntamientos movilizarán los recursos económicos de la sociedad para que sean empleados en el desarrollo de actividades productivas; con lo que se asegurará una economía autosuficiente, que garantice las mismas oportunidades de consumo básico entre la comunidad; además de procurar un desarrollo urbano equilibrado de los centros de población que forman parte del municipio.
En los Planes Municipales de Desarrollo debe proyectarse la satisfacción de las necesidades básicas de la comunidad como son la educación, salud, asistencia social, vivienda, servicios públicos y el mejoramiento de las comunidades rurales a través de actividades a desarrollarse dentro del periodo de duración del mandato constitucional de los Ayuntamientos.
Presidente Municipal podrá designar al tesorero, secretario de Ayuntamiento y Contralor directamente.
Las y los diputados avalaron con 35 votos a favor el dictamen que reforma los artículos 35 y 36 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para establecer que si el Cabildo no resuelve sobre alguna propuesta, el Presidente Municipal tendrá la facultad para designar libremente al titular de la tesorería, al secretario, al titular del Órgano Interno de Control y al Jefe o Comandante de la Policía Municipal.
La Comisión dictaminadora subraya que otorgar esta facultad al presidente municipal es para evitar la obstrucción de los trabajos en el ayuntamiento y abonar al buen desempeño de las actividades en beneficio de los ciudadanos.
Este dictamen registró 10 votos en contra y una abstención.