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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la designación de Lizandro Núñez Picazo como titular de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del Instituto Nacional Electoral (INE).

Los magistrados consideraron infundado el argumento esgrimido por el PAN y Morena, respecto a que el funcionario electoral no cubre el perfil, debido al vínculo que mantiene con el ahora precandidato presidencial de la coalición “Todos por México”, José Antonio Meade.

Al respecto, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera aseveró que los 20 años de experiencia de Núñez Picazo trascienden la gestión de Meade Kuribreña al frente de la Secretaría de Hacienda.

“Experiencia profesional que además de ser suficiente para tener por colmado el requisito legal que he referido, es evidente que trasciende la gestión de José Antonio Meade al frente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que la circunstancia de que en determinado período tuvo una relación laboral de subordinación con el ahora precandidato del PRI no es justificante para sostener su falta de idoneidad para ocupar el cargo”, puntualizó.

Del mismo modo, Fuentes Barrera destacó que por mandato constitucional, todo ciudadano tiene derecho a ser designado en cualquier comisión del servicio público.

“En el caso los partidos políticos MORENA y Acción Nacional consideran que la designación del titular de la referida unidad es indebida al no contar con el perfil idóneo para ocupar el cargo. En mi opinión, no les asiste razón a los recurrentes, desde una perspectiva constitucional el derecho a integrar las autoridades electorales deriva del artículo 35, fracción VI de nuestra norma fundamental, que establece el derecho ciudadano a ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, lo cual incluye a las autoridades electorales, teniendo las calidades que establezca la ley”.

Los magistrados resolvieron que el INE demostró que Lizandro Núñez tiene conocimientos y experiencia en materia de fiscalización, los cuales le permiten el desempeño de sus funciones y está garantizada la imparcialidad de sus decisiones porque los procedimientos de fiscalización se analizan primero en la Comisión y, una vez aprobados, se someten a la consideración del Consejo General.