Es difícil crear nuevas leyes por los intereses afectados
Nicolás Maquiavelo
En la primera parte de mi entrega referente a las diversas vicisitudes que a mi consideración motivaron la creación de la Ley de Seguridad Interior (LSI), manifesté algunos puntos respeto a la coyuntura en la forma en que se manejaba la Seguridad Pública, su presupuesto y el número de víctimas desde que se agudizó la presencia de elementos de policía y ejército para intentar contrarrestar las embestidas delincuenciales de alto impacto.
Ante ello, manifiesto que los significados deben además de tener una visión panorámica que dé respuesta al tópico, un esquema de dignidad que reestablezca el actuar de los agentes de seguridad, atraigo este esquema porque los significados que podemos atribuir a la palabra dignidad son diversos, y también sus formas de expresarlos.
Por ejemplo, el analista Federico Reyes Heroles precisa: “Que el asunto de la dignidad es a la vez complejo y muy sencillo. Complejo porque está más allá de la ley. Se puede estar en la legalidad, puede ser llanamente constitucional y ser indigno. Sencillo por que la indignidad es burda. Complejo porque no hay una receta universal de dignidad. Sencillo porque ella es la falta de respeto de un ser humano a sí mismo. Digno: Gravedad y decoro de las personas en la manera de comportarse, nos dice la academia. Una persona indigna deja de merecerse a sí misma. Sus palabras se desintegran, pierden todo peso porque sabemos que nadie la respalda”
Se preguntarán ¿la dignidad qué tiene que ver con la LSI?, a lo que respondo, que mucho, quizás es una expresión más o el último reducto que busca la dignificación de la acción del Estado mexicano en materia de seguridad, a partir de que la seguridad civil convencional, a todas luces se encuentra rebasada.
Como muestra de lo anterior, expongo algunos números. Nuestra tasa de homicidios es diez veces superior a la media de la Organización para Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y en México hay más asesinatos en una semana que los que hay en España en un año.
De acuerdo con el especialista en seguridad Alejandro en Hope, nos encontramos en medio de una terrible epidemia de violencia homicida. El 2017 acabó con un número absoluto de homicidios (se registraron 29 mil 168 homicidios dolosos, de los cuales 671 fueron feminicidios, dato que por primera vez se da a conocer) nunca vistos en la historia reciente del país y con una tasa que no se había registrado antes (tal vez) medio siglo.
Lo cual resulta lógico toda vez que la Policía Federal tenía el mismo número de miembros en 2017 que en 2012 y las transferencias de policías a las entidades federativas y municipios ha reducido en términos reales en los últimos años. Respecto a esto, hay de dos formas de analizarlo, la primera se acciona para buscar que la milicia intervenga como un operador más del sistema de justicia y prevención, y la segunda de continuar como estamos, es decir, con un esquema de descompensación.
Es cierto, que la LSI fomenta la intervención militar en áreas de inteligencia civil, ante ello es que cada vez surgen más impugnaciones porque la ley viola el principio constitucional de que la seguridad pública debe estar a cargo de civiles y no militares.
A lo que sus detractores argumentan que aprobar la ley perpetuaría la militarización de la seguridad pública y la violencia, sumado a la posibilidad que la LSI da a las fuerzas armadas para actuar sin la subordinación a las autoridades civiles, e incluso al mando de las mismas, en contravención de la propia Constitución.
Lo cierto es que no se podría poner en marcha la utilización de la ley a manifestaciones de forma unilateral cómo se maneja.
La aplicación de esta Ley corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Gobernación. Solo se puede aplicar lo establecido, si hay una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior. Las autoridades federales incluyendo a las Fuerzas Armadas, en el ámbito de sus respectivas competencias, implementarán sin necesidad de Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior.
La vaguedad y amplitud en la redacción de la LSI abre la puerta para que las Fuerzas Armadas lleven a cabo medidas como la intervención de comunicaciones y la recolección de información privada de cualquier individuo a través de cualquier método, sin que existan límites claros ni se establezcan de manera explícita controles democráticos o mecanismos de rendición de cuentas.
En el artículo 11 LSI se establece que el presidente de la República podrá ordenar por sí o a petición de las legislaturas de las Entidades Federativas, la intervención de la Federación para la realización e implementación de Acciones de Seguridad Interior, es decir, una intervención del Ejército y la Marina en zonas de conflicto.
De acuerdo con Pedro Salazar, la Ley de Seguridad Interior da al presidente de México poderes que no había tenido desde el siglo XIX. Decenas de organizaciones y analistas han señalado el enorme riesgo que eso implica.
Sin embargo, hasta el momento en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se han turnado improcedentes las acciones de inconstitucionalidad.
Considero que muchos temas en efecto son insconstitucionales porque la constitución positivamente ha quedado expuesta a una realidad que nos es la misma que su fundación. México ha cambiado, sus problemáticas también, la realidad y funciones del ejército no son la excepción.
Asumámoslo: las resistencias seguirán en pie. No hay duda de ello. Las redes de la corrupción en el país están tejidas de instituciones; se nutrieron de ellas y en muchos casos se moldearon a partir de sus intereses. Están hechas a imagen y semejanza de sus creadores.., muchos de sus creadores son parte del problema.
Esta ley es un intento más, de que el futuro próximo sea mucho más promisorio. Todo dependerá – como siempre- de su correcta aplicación.