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Crónica del Poder

A las instituciones de educación superior y de investigación del Estado, a organizaciones de la sociedad civil y sociedad en general con experiencia en materia de transparencia, gobierno abierto, de rendición de cuentas y combate a la corrupción para proponer candidatos a fin de integrar el Consejo Consultivo que, en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para que presenten sus postulaciones para ocupar el cargo de integrantes del Consejo Consultivo del que, a su vez, será la instancia que coadyuvará al cumplimiento de los objetivos del programa de trabajo del IVAI, bajo las siguientes.

PRIMERA.- La presente Convocatoria norma el procedimiento para la designación, de los seis integrantes del Consejo Consultivo del IVAI, quienes estarán en el cargo por un período de dos años, prevista en el Capítulo II del Título Quinto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

SEGUNDA.- El Consejo Consultivo del IVAI, tiene por objeto opinar y emitir observaciones sobre el programa anual de actividades y su cumplimiento, sobre el proyecto de presupuesto y ejercicio presupuestal asignado a programas. Es una instancia cuya finalidad es expresar opiniones técnicas para la mejora continua en el ejercicio de las funciones del Instituto, así como analizar y proponer la ejecución de acciones, programas y proyectos relacionados con el mejoramiento al acceso a la información, transparencia y rendición de cuentas.

TERCERA.- El Congreso del Estado constituirá el Consejo Consultivo integrado por seis mujeres y hombres veracruzanos, por un período de dos años, para lo cual las instituciones de educación superior y de investigación del Estado, a organizaciones de la sociedad civil, así como a la sociedad en general con experiencia y/o conocimiento en materia de transparencia, gobierno abierto, rendición de cuentas y combate a la corrupción, deberán proponer candidatos y, al efecto, enviarán los documentos que acrediten el perfil solicitado en la presente convocatoria, para seleccionar a tres miembros de entre los propuestos por las instituciones de educación superior y de investigación, y tres miembros más de entre los propuestos por organizaciones de la sociedad civil. Las personas propuestas deberán haberse destacado por su contribución en materia de transparencia, gobierno abierto, rendición de cuentas y combate a la corrupción. El cargo de miembro del Consejo Consultivo será honorario, durante un período de dos años contados a partir de la instalación del Consejo.

CUARTA.- Las personas propuestas por instituciones de educación superior y de investigación del Estado, por organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos a título individual, con experiencia y/o conocimiento en materia de transparencia, gobierno abierto, rendición de cuentas y combate a la corrupción, deberán cumplir y acreditar los requisitos siguientes: a) Ser veracruzano, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; b) No haber sido condenado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad; y b) No haber sido miembro de la dirigencia de algún partido político ni candidato a cargo de elección popular, en el año anterior al nombramiento.

QUINTA.- Las propuestas de ciudadanas y ciudadanos que aspiren a ocupar los cargos mencionados se recibirán a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria y hasta el veintiuno de marzo del dos mil dieciocho, en horario de 9:00 a 18:00 horas, en la oficina de la Presidencia de la Comisión Permanente de Transparencia, Acceso a la Información y Parlamento Abierto, en el Palacio Legislativo, ubicado Mayor información en: www.legisver.gob.mx Xalapa-Enríquez, Ver., 6 de marzo de 2018 COMISIÓN PERMANENTE DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PARLAMENTO ABIERTO. Tel: 842 05 00 H. Congreso del Estado de Veracruz @LegisVer en la esquina de avenida Encanto con avenida Lázaro Cárdenas, Colonia El Mirador, Código Postal 91170, en Xalapa, Veracruz, y deberán acompañar la documentación siguiente: a) Escrito en el que la organización o institución respectiva, o el propio aspirante, exprese los motivos por los que considera que la persona propuesta es apta para aspirar al cargo; b) Curriculum Vitae, firmado por el aspirante, y documentación soporte en original o copia certificada para su cotejo; c)Copia certificada del acta de nacimiento; d) Copia certificada de la credencial para votar con fotografía; y e) Carta en la que el aspirante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que reúne todos los requisitos exigidos en la presente Convocatoria y que no tiene impedimento legal alguno para desempeñar el cargo. f) Correo electrónico personal.

SEXTA.- Dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes a la conclusión de la recepción de los documentos a que se refiere la Base anterior, la Comisión Permanente de Transparencia, Acceso a la Información y Parlamento Abierto, efectuará la revisión exhaustiva del cumplimiento de los requisitos señalados en la Base anterior y, concluida la revisión y dentro del plazo de diez días hábiles posteriores a ello, entrevistará a cada uno de los aspirantes.

SÉPTIMA.- La Comisión Permanente de Transparencia, Acceso a la Información y Parlamento Abierto, una vez concluida las entrevistas en un plazo no mayor a diez días hábiles, remitirá a la Junta de Coordinación Política las seis ternas con los candidatos propuestos, para que la JUCOPO a su vez, en términos del artículo 33 fracción II presente ante el Pleno el Proyecto de Punto de Acuerdo correspondiente.

OCTAVA.- El Pleno del Congreso del Estado elegirá́, con la aprobación de las dos terceras partes de los diputados presentes, de entre los integrantes de cada terna, a quien deba desempeñar el cargo de Consejero.

NOVENA.- Las notificaciones con motivo del procedimiento se realizarán por correo electrónico o a través de la página de internet http:// www.legisver.gob.mx/ de este Poder Legislativo.

DÉCIMA.- Lo no previsto en la presente Convocatoria y en el procedimiento de designación del Consejo Consultivo del IVAI será resuelto por la Comisión Permanente de Transparencia, Acceso a la Información y Parlamento Abierto.

UNDÉCIMA.- La presente convocatoria entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en la entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

Dip. Daniela Griego Ceballos Presidenta

Dip. Cinthya Amaranta Lobato Calderón Secretaria

Dip. Emiliano López Cruz Vocal.