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Excélsior

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le negó a Margarita Zavala acceder a más spots de radio y televisión o contratarlos de forma personal.

La candidata presidencial por la vía independiente pidió al Tribunal que revocara el acuerdo del Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre los promocionales a los que tiene derecho o bien que le permitieran adquirir de manera personal hasta el mismo número de spots que tendrán los candidatos impulsados por los partidos, de lo contrario se violenta el principio de equidad en la contienda.

 

Sin embargo, los magistrados le negaron esa posibilidad al argumentar que no hay violación a la igualdad de la contienda ni a los derechos de la candidata, en primer lugar porque el modelo de distribución de los tiempos del Estado en radio y televisión está previsto en la Constitución y, en segundo lugar, la ley prohíbe adquirir spots para fines electorales.

Los magistrados consideraron que, conforme a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del propio TEPJF, el modelo de distribución de promocionales no violenta el principio de igualdad o equidad en la contienda, en tanto que los partidos políticos y los candidatos independientes cumplen finalidades distintas, de ahí que no sea factible su equiparación.