La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que el Presidente de la República sí tiene facultades para expedir leyes y reglamentos relacionados con la organización de las Fuerzas Armadas en sus funciones relativas al fuero de guerra.
Con ello, los ministros de la Primera Sala le negaron el amparo a un sargento que fue acusado de deserción por faltar tres días consecutivos a la lista de diana y retreta, así como a sus labores en la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
En su demanda, el militar alegó que el comandante suprema de las Fuerzas Armadas es cabeza del Poder Ejecutivo Federal y del Poder Judicial Militar de la Sedena, lo cual niega cualquier independencia e imparcialidad de los tribunales militares, convirtiéndose así en juez y parte.
El quejoso destacó que no se prevé a los tribunales militares como parte del Poder Judicial de la Federación y que es al Poder Legislativo Federal a quien, conforme al artículo 13 constitucional, le corresponde expedir la legislación que regule el procedimiento penal militar, motivo por el cual es excesivo haber delegado esa facultad al Poder Ejecutivo Federal.