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El Financiero

Por unanimidad, el Pleno del Senado aprobó este lunes una iniciativa que establece que las madres o padres trabajadores, con hijos diagnosticados con cáncer, puedan gozar de licencia para ausentarse de sus labores por cuidados médicos.

La minuta con proyecto de decreto, que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Seguro Social, a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y de la Ley Federal del Trabajo, establece que se deberán otorgar licencias cuando los hijos enfrenten periodos críticos de tratamiento o de hospitalización, incluyendo, en su caso, el tratamiento destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado.

La minuta, remitida al Ejecutivo federal, establece además la previsión de recursos presupuestales requeridos para cumplir con la implementación de las acciones correspondientes que garanticen el otorgamiento de licencias por cuidados médicos.

El pasado 26 de abril, diputados del PAN y PRI confrontaron a los legisladores de Morena por el reparto de recursos presupuestales y tomaron la tribuna de la Cámara baja durante la sesión de ese día.

Los diputados discutían la aprobación del paquete de reformas a las leyes que permitan a los padres y madres de niños con cáncer ausentarse de sus trabajos en la etapa crítica de sus tratamientos .

Con pancartas de “¡Primero los niños! El cáncer no espera!» y gritos de “¡Morena ni cumplió! ¡Dolores no apoyó!”, toda la bancada del PAN y algunos diputados del PRI tomaron la tribuna en protesta por el “error” y una maniobra en el trámite legislativo de una “reserva” o modificación de un diputado de Morena a la minuta enviada por el Senado.

Lo anterior, debido a que la propuesta primero se refería a los recursos de este año y luego la cambió para que se refiriera a los de 2020, pero con una redacción diferente.

En su primera propuesta se explicaba que “los recursos para el 2019 se obtendrán de los apartados precisados en el presente decreto, y posteriormente los recursos que se requieran deberán ser garantizados, etiquetados y provisionados con anterioridad por la Secretaría de Hacienda, en los Presupuestos de Egresos de la Federación de los ejercicios que correspondan, y en el entendido de que la implementación de tal programa no impactará de forma alguna las cuotas obrero patronales recabadas por los institutos de seguridad social del gobierno federal”.

Mientras que en la segunda se expone que “para que los beneficios a que se refiere el presente decreto puedan ser otorgados a partir del 2020, los recursos que se requieren deberán ser garantizados, etiquetados y provisionados con anterioridad por la Secretaría de Hacienda, en los Presupuestos de Egresos de la Federación de los estados que correspondan, y en el entendido de que la implementación de tal programa no impactará de forma alguna las cuotas obrero patronales recabadas por el IMSS”.

Al final, la redacción del segundo artículo transitorio se mantuvo como la original, con lo que se establece la garantía de los recursos para el año en curso.