Dra. Denisse de los Angeles Uribe Obregón
La migración se ha convertido en el fenómeno que mayor atención ha recibido de la comunidad internacional y de los gobiernos nacionales y subnacionales en los últimos años debido a su crecimiento exponencial y a la violación a los derechos humanos que enfrentan las personas que migran.
En las últimas semanas este tema ha saltado a la esfera mediática debido a las acciones que se han realizado en la materia, tales como el acuerdo entre México y Estados Unidos, firmado después de varios días de tensión y amenazas arancelarias por parte de nuestro vecino del norte y el lanzamiento del Plan de Desarrollo Integral para Centroamérica impulsado por la CEPAL y respaldado por México, que tiene como objetivo la creación de empleos en países centroamericanos para evitar la migración.
Es claro que el fenómeno migratorio contempla una responsabilidad compartida entre las diversas esferas de gobierno, así como entre los países, tanto expulsores como receptores de la migración, en México es abordado desde el orden federal, sin embargo y dado que es un tema que compete a todas las esferas de gobierno es necesario plantear la existencia de responsabilidad legal por parte de los municipios de defender y proteger los derechos humanos de los migrantes a partir de lo establecido por el articulo primero de nuestra Carta Magna.
A pesar de que entre las funciones del municipio no se encuentran las vinculadas con la actividad diplomática, la Ley sobre la Celebración de Tratados, establece la posibilidad de que los gobiernos locales accedan a la actividad paradiplomática con la supervisión y aprobación de las autoridades federales.
Para lograrlo es necesario impulsar una agenda municipalista internacional, que además contemple la implementación de programas de capacitación a los servidores públicos municipales sobre la forma en que pueden constituir su oficina paradiplomática y brindarles la información sobre las oportunidades que tienen para consolidar programas internacionales en el ámbito municipal, además de los mecanismos de cooperación que pueden promoverse.
Deben ser los propios municipios, los que a través del Cabildo tomen las decisiones reglamentarias a efecto de poder modificar su estructura organizacional para establecer y dotar de atribuciones a las Oficinas de Asuntos Internacionales.
Los tratados internacionales suscritos por el país implican que todos los órdenes de gobierno atiendan temas relacionados con la inseguridad y los derechos humanos de los migrantes, por lo que debería plantearse la propuesta de reformar la Constitución Federal a efecto de incluir la facultad del municipio para promover, formular y aplicar acciones que lo vinculen a la comunidad internacional mediante acuerdos interinstitucionales, pues a pesar de ser la autoridad federal la competente de conocer del tema migratorio, son las autoridades municipales las que tienen mayor contacto con las personas migrantes.
La diplomacia federativa no es un lujo para los gobiernos locales, sino una necesidad ante el incremento de la complejidad de las relaciones internacionales de los países.
La política migratoria necesita establecer un nuevo enfoque, que permita garantizar el pleno respeto de los derechos humanos de las personas migrantes y crear mecanismos de apoyo para satisfacer sus necesidades más apremiantes, sin olvidar que la migración más allá de ser un fenómeno económico es un movimiento humano.