La única vez que fui a un Casino fue sólo para conocerlo. La verdad no entiendo mucho del juego de las máquinas y las apuestas, además de que no me considero con suerte para ello. Las apuestas me gustan, pero sin dinero de por medio. Sólo de palabra.

En lo particular, no soy de arriesgar dinero aunque me digan que ganaré el doble, pero respeto a quienes lo hacen. Incluso, he escuchado historias increíbles de los casinos, como personas que buscan la misma máquina para jugarla siempre y otras que van cambiando de máquina porque pierden la primera vez, o los que llevan amuletos ¡y hasta personas! para atraer la buena suerte.

Todo esto de las apuestas y casinos se lo platico porque el pasado martes 2 de julio, en la Gaceta Extraordinaria número 262 del Gobierno del Estado de Veracruz, se publicó el Decreto número 266 que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Financiero para esta entidad.

En pocas palabras y para que me entienda, si usted va a divertirse a cualquier Casino en territorio veracruzano y le entra a las apuestas de algún deporte nacional o internacional que se esté transmitiendo en vivo como las peleas de box o los partidos de fútbol, entre otros; si realiza alguna rifa, sorteo o lotería de manera pública o privada donde el premio sea en efectivo o en especie, usted estará pagando un impuesto del 6 por ciento en su participación a través de boletos, recargas, fichas, etcétera, excepto las apuestas… ésas sí pagarán un impuesto del 10 por ciento para poder participar en ellas.

En sí, el organizador de los juegos y sorteos será el que le retenga el impuesto; ahora que si usted se gana un carro, una casa u otro premio en especie, tendrá que entregar el impuesto a retener en efectivo al organizador para que le entregue su premio.

Pero ojo, usted no pagará el impuesto si participa en una rifa, sorteo, lotería, apuestas y concursos que lleven a cabo las dependencias de gobierno, federal, estatal o municipal así como los organismos públicos descentralizados o las donatarias autorizadas cuyo objeto social sea obtener recursos para la asistencia pública.

Ahora bien, déjeme comentarle que el impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos no es nuevo, únicamente se incrementó la tasa… Así que los suertudos pagarán más impuesto.

II

Ahora que viene el periodo vacacional, seguramente ya está pensando en ir a la playa de perdis un par de días, o a lo mejor quiere descansar en aquella cabañita que vio en internet.

Ojo, tome en consideración que el costo de la renta puede subir, ya que conforme a las últimas reformas y adiciones al Código Financiero para el estado de Veracruz, pagarán también el impuesto por la prestación de servicios de hospedaje los departamentos y las casas que muchas veces se rentan en estas temporadas vacacionales y que se ofertan a través de aplicaciones como Airbnb, Knok, HomeAawey, redes sociales o plataformas digitales.

Ahora bien, las personas físicas o morales que sean las intermediarias o gestoras de este tipo de hospedaje en plataformas digitales, deberán inscribirse en el Registro Estatal de Contribuyentes como promotores o facilitadores con la finalidad de que ellos puedan retener el impuesto sobre hospedaje y posteriormente enterar mensualmente el importe a la autoridad fiscal (Estado de Veracruz).

En el caso de los nuevos sujetos que deberán pagar impuesto por la prestación de servicios de hospedaje, el Secretario de Finanzas José Luis Lima Franco expresó que no se trata de nuevos impuestos, sino de un asunto de competencia leal.

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