La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en contra de la Ley Nacional de Extinción de Dominio (LNED).
La CNDH pide impugnar 20 artículos y fracciones que contravienen principios de la constitución y tratados internacionales firmados por México.
La SCJN ordenó a los Poderes Ejecutivo y Legislativo rendir un informe por escrito en un plazo máximo de 15 días hábiles y se inicie el periodo de instrucción del caso.
La CNDH busca impugnar el concepto de venta anticipada, mismo que permite a las autoridades vender los bienes decomisados a personas vinculadas a proceso penal, aún cuando no se haya determinado en un juicio la culpabilidad o la sentencia del dueño original.
La Ley Nacional de Extinción de Dominio fue promulgada el 9 de agosto e impugnada ante la SCJN el 12 de septiembre.
La extinción de dominio es la pérdida de los derechos que tiene una persona de sus bienes, esta se declara a través de una sentencia de la autoridad judicial y no implica compensación alguna.
Los delitos susceptibles a esta figura son: secuestro, delincuencia organizada, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, delitos contra la salud, trata de personas, corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, extorsión y recursos de procedencia ilícita.