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Reforma/Claudia Salazar

El área jurídica de la Cámara de Diputados minimizó el incumplimiento de la Constitución por no aprobar en tiempo el Presupuesto del 2020 en la fecha límite del 15 de noviembre.

Después de que por primera vez en 15 años no se cumple con dicho plazo, el equipo jurídico de la Cámara argumentó que ante una causa de fuerza mayor, como es la protesta social de los grupos sociales afuera del recinto, es posible no ajustarse a la fecha establecida.

No hay problema, sostiene, que el Presupuesto se apruebe en una fecha posterior.

«Así, el límite del 15 de noviembre es una disposición constitucional que debe cumplimentarse, no puede ser pasada por alto en condiciones de regularidad», cita un documento de análisis sobre la decisión de los órganos de Gobierno de citar al pleno luego del 15 de noviembre.

«Pero ante causas de fuerza mayor, como es la eventualidad de una protesta social que impone una imposibilidad material al Legislador Federal para darle cumplimiento, no puede convertirse en una restricción insalvable para la conclusión, inmediatamente posterior, de uno de los procedimientos esenciales sobre los que se cimenta la organización del Estado Mexicano: la aprobación del Presupuesto».

La presidenta de la Cámara, la panista Laura Angélica Rojas, y el presidente de la Junta de Coordinación Política, Mario Delgado, anunciaron ayer que el presupuesto se discutirá en la sesión del próximo miércoles.

En el texto que se dio a los legisladores para fundamentar tal decisión se señala que lo importante no es la fecha del 15 de noviembre, sino cumplir con la aprobación misma del Presupuesto antes del primero de enero del siguiente año.

El texto recuerda que antes la Cámara de Diputados podía extenderse en el análisis y discusión presupuestal hasta el último día de diciembre, aprobándolo al filo de la fecha en que debía entrar en vigor, el 1 de enero.

«Lo que tenía el riesgo de que no se aprobara a tiempo para entrar en vigor y generaba incertidumbre a gobiernos, servidores públicos y ciudadanía.

«Sin embargo, en 2004 se reformó la fracción IV del artículo 74 para resolver ese problema. Ahora es muy poco probable que se llegue al inicio del siguiente ejercicio sin que el Presupuesto haya sido aprobado, pues tras la fecha límite del 15 de noviembre aún resta mes y medio para finalizar el año», justifica el documento.

Reconoce que el plazo es un elemento regulatorio importante en el procedimiento de aprobación del Presupuesto, porque su efecto es aportar certeza y una razonable temporalidad para la conclusión de los procesos preparativos del siguiente año de ejercicio, como es la adecuación de los tomos presupuestales por el Ejecutivo, así como la presupuestación oportuna por las legislaturas locales.

«Pero siendo la disposición del gasto federal y de los recursos para las entidades federativas los objetivos esenciales y relevantes del proceso, el plazo no debe ser tomado como una restricción que, una vez agotado, cancela en definitiva la posibilidad de cumplir esos objetivos», sostiene el análisis jurídico.

Agrega que en el derecho constitucional, las bases de organización política del Estado son siempre preponderantes frente al resto de la regulación normativa.

«La vigencia del Presupuesto da sustento a la eficacia de esas bases», se añade para sostener que no se ha incumplido con la aprobación del presupuesto del siguiente año.

«La fecha límite no puede considerarse como una prohibición al Legislador Federal para aprobar en forma posterior», se puntualiza en el documento.

También se explica que el Constituyente recorrió esa fecha al 15 de noviembre porque la consideró un plazo más noble para que la Cámara examine a conciencia, discuta y apruebe los egresos, sin la presión que ejercía el hecho de que entraran en vigor al día siguiente.

«La esencia en el proceso constitucional de presupuestación no es el plazo, sino la aprobación oportuna y prudente del Presupuesto», advierte el texto.

La dirección jurídica también cita un criterio jurisprudencial emitido por la Suprema Corte en 2005, luego de la reforma presupuestal, respecto a que se aprobó el Presupuesto el día después de iniciada la sesión del 15 de noviembre.

Ello, citó la Corte, no es contrario a la finalidad de establecer las previsiones de gastos obligatorias para el siguiente año.
Afirman que Cámara estará en falta por PEF

El diputado del PRD, Antonio Ortega, reconoció que al posponer la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación hasta el 20 de noviembre, la Cámara de Diputados está en falta, ya que el plazo constitucional vence este viernes a la media noche.

El integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública indicó que si bien la ley no previene la hipótesis de que el PEF sea aprobado fuera del plazo, en los hechos los diputados están incumpliendo lo establecido por la Constitución.

«Ellos pueden decir ‘no hay falta’, estamos en falta por una condición política que se escapó de control, de las manos, es un imponderable imposible de resolver», aseveró.

El legislador rechazó que esto genere inestabilidad, ya que además de que hay un presupuesto que operará hasta el último día de 2019, el correspondiente al siguiente ejercicio fiscal será publicado en el Diario Oficial de la Federación antes del 1 de enero.

«El presupuesto se estará aprobando antes del primero de enero, antes del primero de enero se va a publicar y no generará mayor inestabilidad financiera o de Gobierno, sí hay un clima de inestabilidad política porque no es el presupuesto que la sociedad está reclamando sino que es un presupuesto de los caprichos del Presidente», señaló.

Ortega indicó que al aplazar la discusión del presupuesto, Morena le está apostando al desgaste de las organizaciones campesinas que desde el martes pasado mantienen bloqueada la Cámara de Diputados en demanda de mayores recursos para el campo.

«Ellos están esperando desgastar, aguantar, y están pensando todavía hacer la sesión en la Cámara, trazar un cordón de seguridad con policías y ahí meter a diputados, quitar algunos tubos de la cerca perimetral», expresó.

Dijo que la ley no contempla consecuencias ante la aprobación extemporánea del presupuesto. No obstante, sí establece la obligación de que éste sea publicado en el Diario Oficial de la Federación antes del primero de enero, ya que cada presupuesto tiene vigencia desde el primero hasta el último día del año.

Explicó que si por alguna razón el decreto no estuviera listo antes del inicio del ejercicio fiscal, entraría en vigor el correspondiente al año anterior.

Esto, consideró, no incomodaría al actual Gobierno, ya que las proyecciones de más de 6 billones de pesos para el gasto de 2020 serán difíciles de alcanzar.